El intendente de Gualeguaychú firmó el decreto para reglamentar programa de microcréditos

La iniciativa del Ejecutivo Municipal pretende ser un paliativo para los sectores más afectados por la pandemia del COVID-19.

El intendente de Gualeguaychú firmó el decreto para reglamentar programa de microcréditos
Esteban Martín Piaggio - Intendente Gualeguaychú (firma microcréditos)\nCrédito: Prensa MDG

La pandemia declarada por el avance del

COVID-19

generó en la economía una crisis sin precedentes a nivel mundial. 

En este sentido, el E

jecutivo Municipal de Gualeguaychú elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que permitirá el otorgamiento de créditos a tasa cero

y eximir del pago de Tasa General Inmobiliaria, Tasa de obras sanitarias municipal y tasa de inspección sanitaria de higiene y profilaxis y seguridad a los sectores de la economía local afectados por la pandemia.

En este sentido,

el intendente Dr. Esteban Martín Piaggio firmó el decreto que deja reglamentada la creación del programa Acompañar

, que brinda un

acompañamiento económico a sectores determinados y prestadores de servicios

afectados como consecuencia de la pandemia por coronavirus (

COVID-19

), mediante el otorgamiento de

microcréditos a tasa cero y/o exención

, por el máximo de tres períodos, de la Tasa General Inmobiliaria (TGI), Tasa de Obra Sanitarias Municipal (OSM) y de la Tasa por Inspección Sanitaria Higiene Profilaxis y Seguridad, previa evaluación de la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico.

Es importante destacar que los fondos para dar estas ayudas económicas son municipales, y se da en el marco de un paquete de medidas que está generando la Municipalidad para auxiliar a diferentes sectores de la ciudad. Desde el Ejecutivo Municipal se gestionarán fondos en todos los niveles de gobierno para poder ampliar en el futuro este tipo de ayudas.

Las solicitudes podrán realizarse a través de GualeActiva desde el miércoles 29 de julio.

El programa está destinado a sectores de la ciudad, que han tenido un mayor impacto económico debido a la situación epidemiológica, como actividades de gastronomía, turismo, hoteleros, cines, centros y espacios culturales y artísticos, jardines de infantes, gimnasios, institutos de danzas y de música o actividades similares.

Procedimiento para solicitar ser parte del programa

El interesado deberá completar la

Pre-solicitud de requerimiento

, a través de la “

Plataforma Digital Gualeactiva

”, mediante el Formulario del Programa Acompañar (Anexo I), completando los datos requeridos y adjuntando la documentación solicitada para la respectiva consideración y posterior aprobación, la cual será remitida on-line directamente a la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico.

El interesado deberá completar la Pre-solicitud y mediante la misma, seleccionar si opta por el microcréditos a tasa cero y la exención de la Tasa General Inmobiliaria (TGI), Tasa de Obra Sanitarias Municipal (OSM) y de la Tasa por Inspección Sanitaria Higiene Profilaxis y Seguridad, o solo una de ellas.

La Secretaría de Producción y Desarrollo Económico, procederá a canalizar los trámites administrativos de las solicitudes recibidas, y con sujeción del cumplimiento de los requisitos, habiéndose aprobado el otorgamiento, responderá al requirente por la misma vía a fin de que se presente a la misma, para la firma correspondiente del Acuerdo de Pago y/o Formulario de solicitud de exención y remitirá las solicitudes aprobadas la Secretaria de Hacienda y Política Económica.

Microcréditos

: monto y plazo El monto máximo que podrá ser aprobado será de

PESOS VIENTE MIL ($ 20.000,00)

. Las cuotas se comenzarán a pagar a partir del cuarto mes desde el efectivo otorgamiento del microcrédito.

Plazo de cancelación: El requirente se compromete al cumplimiento de obligación de pago, cuya devolución podrá ser hasta en doce (12) cuotas.

Declaración jurada: La presentación del Formulario reviste carácter de declaración jurada y los datos consignados deberán ser correctos, veraces y sin omisiones, asumiéndose la responsabilidad administrativa, civil y penal por las consecuencias derivadas de falsedades o errores en los mismos.

Incumplimiento: En caso de incumplimiento de devolución del crédito llegado al vencimiento del plazo acordado, la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, se encuentra facultada para iniciar las acciones judiciales correspondientes a fin de obtener el cobro otorgado.