El pasado jueves 11 de julio
la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos
que había rechazado la acción de amparo interpuesta por el Dr. Julio Majul con el objeto de que cesen las obras y se reparen los perjuicios ambientales producidos por la construcción de
Amarras
por la empresa “
“Se trata de una decisión fundamental, que pone fin al descalabro y la desidia administrativa y judicial que aún con decretos de paralización de obra, permitieron que se siga avanzando con la destrucción del humedal y la afectación de nuestro río” destacó el intendente Dr. Esteban Martín Piaggio en ese momento.
El expediente se encuentra en poder del Superior Tribunal de Justicia de la provincia quién debe adecuar su fallo a lo ordenado por la Corte, y hacer lugar a lo peticionado en la acción de amparo que solicitaba el cese definitivo del emprendimiento inmobiliario y la consiguiente recomposición ambiental.
Piaggio también destacó que "el pueblo de Gualeguaychú ha rechazado desde el primer momento este proyecto de barrio náutico; se ha manifestado en marchas y movilizaciones, y nuestro gobierno municipal, desde su Ejecutivo y el Concejo Deliberante, se ha expresado siempre firmemente en este aspecto. Hemos dicho claramente NO A AMARRAS, por ser un proyecto ilegal, ilegítimo, y nocivo para nuestro ambiente, nuestra comunidad, nuestro futuro". Ahora resta esperar el nuevo dictamen del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.