En las últimas semanas, han circulado en redes sociales publicaciones alarmantes que afirman que cualquier transferencia mayor a $400.000 desde billeteras virtuales, como Mercado Pago, requeriría una justificación legal ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Sin embargo, según explicó Chequeado, estas afirmaciones son falsas y responden a una mala interpretación del régimen vigente de información de operaciones financieras.
¿Qué dice la normativa?
Desde 2018, las entidades financieras, incluidas las billeteras virtuales, están obligadas a reportar a ARCA las transacciones y saldos de sus clientes cuando superan ciertos montos establecidos por la normativa, según la Resolución 4298. Este régimen incluye a bancos, fondos comunes de inversión, agentes de bolsa y billeteras digitales.
El objetivo de esta normativa no es que los clientes justifiquen cada movimiento, sino que las entidades administradoras informen automáticamente a ARCA ciertos detalles de las operaciones, como el monto, tipo de transacción y cuentas involucradas.
¿Qué cambios rigen desde enero de 2025?
A partir del 1° de enero de 2025, los montos sujetos a reporte han sido actualizados:
- Para billeteras virtuales: se deberán reportar operaciones que superen los $600.000 en ingresos o egresos.
- Para bancos: se reportarán consumos con tarjetas de débito que excedan los $600.000.
- Además, el tope mensual de transferencias desde y hacia billeteras virtuales aumentó a $2 millones.
Esto significa que los clientes no están obligados a realizar trámites adicionales ni justificar las operaciones directamente, siempre y cuando estas sean consistentes con su situación patrimonial declarada o hasta que esto sea requerido.
¿Qué ocurre si mis movimientos no coinciden con mis ingresos?
Si ARCA detecta que los movimientos financieros no son coherentes con la situación patrimonial del cliente, se puede iniciar un proceso de fiscalización. Este proceso tiene tres modalidades:
- Citación: El contribuyente debe presentar documentación que respalde su situación.
- Verificación: ARCA solicita información adicional por escrito, otorgando un plazo para responder.
- Inspección: Implica una revisión más profunda, generalmente en el domicilio del contribuyente.