El gol del River tras el penal a minutos del final terminó con el Superclásico en batalla campal, lo que hizo que se reanudara el juego. Sin embargo, clima hostil siguió y tres jugadores fueron notificados por la Fiscalía a cargo de Celsa Ramírez. Mientras que a uno lo acusan de estar en el campo de juego sin autorización, a otros dos por incitación a la violencia.
![El polémico encontronazo entre los jugadores de River y Boca sobre el cierre del Superclásico. (Clarín)](https://www.viapais.com.ar/resizer/v2/LS66MVEV5JDVLHA2TAYPI35LOU.gif?auth=6b065d9fa3c703f2fe4f61ea74731c01337e20c70d54c7201a2197899688eb71&width=1300&height=867)
Se trata de Marcos Rojo, Agustín Palavecino y Luis Vázquez. Al primero, jugador de Boca, se le inició una averiguación por encontrarse en el lugar sin autorización, la cual está penada por el Artículo 111 y puede desembocar en una multa económica o en trabajo comunitario. El monto estipulado podría ser el doble del habitual, ya que posteriormente se produjo una pelea y también está considerado en ese pasaje de la ley.
Por otra parte, Palavecino (de River) y Vázquez (Boca) están siendo investigados por incitar al desorden. Según el artículo 119, quienes cometen esta falta en un espectáculo masivo de carácter artístico o deportivo deben ser sancionados con una multa económica o arresto, de 5 a 30 días. La sanción también se aumenta al doble si la provoca algún futbolista, como en este caso.
Cuáles serían las sanciones
- Marcos Rojo - Artículo 111 - Ingresar sin autorización a lugares reservados
Quien ingresa al campo de juego, a los vestuarios o a cualquier otro lugar reservado a los participantes del espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, sin estar autorizado reglamentariamente, es sancionado/a con uno (1) a cinco (5) días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos ($ 200) a un mil ($ 1.000) pesos.
La sanción se eleva al doble si se producen desórdenes, aglomeraciones o avalanchas.
![A Marcos Rojo se le inició una averiguación por encontrarse en el lugar sin autorización, la cual está penada por el Artículo 111 y puede desembocar en una multa económica o en trabajo comunitario.](https://www.viapais.com.ar/resizer/v2/GTRMGCW4SFBQJPNYSLLO2DGSME.jpg?auth=5cfe1365320d148a0a5c9ff296489b1783a6f1d0be49050c022f855e3fb77e1c&width=1200&height=936)
- Agustín Palavecino y Luis Vázquez - Artículo 119 - Incitar al desorden
Quien incita al desorden, con motivo o en ocasión de un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de diez mil ($ 10.000) a cincuenta mil ($ 50.000) pesos o arresto de cinco (5) a treinta (30) días.
![Agustín Palavecino está siendo investigados por incitar al desorden.](https://www.viapais.com.ar/resizer/v2/TVKKEMBT3RH6LKZ73MHQCHDK5Q.jpg?auth=d98a96226b7df32ba6fc296bc14aaa3dc85e44a87a651cbfcbbea2adc825b894&width=1100&height=735)
La sanción se eleva al doble cuando la acción la realiza un deportista, dirigente o se utiliza un medio de comunicación masiva.
![Luis Vázquez está siendo investigados por incitar al desorden.](https://www.viapais.com.ar/resizer/v2/URESOSDF45GQ5CNFUUBNAGEYAI.jpg?auth=293c1fbd3a510e6625b9c1ae825d93631dc32aa3a1b708025ff3b0857e5b9ebd&width=4096&height=2985)