Usuarios de Córdoba demandaron a sus prepagas por los abruptos aumentos: cuál es la respuesta de la Justicia

Ante las subas mensuales, los cordobeses recurrieron a los tribunales para combatirlas.

Cordobeses renunciaron a sus prepagas por las subas en los aranceles.
Cordobeses renunciaron a sus prepagas por las subas en los aranceles. Foto: Web

A partir de la liberación de los precios por las distintas medidas económicas del Gobierno argentino, las facturas de medicina prepaga vienen presentando aumentos mensuales en sus tarifas. En un contexto signado por los altos niveles de inflación, estas subas impactan de manera directa en el bolsillo de los usuarios.

En Córdoba, muchos decidieron darse de baja de las prepagas y otros se presentaron en la Justicia para hacerle frente a las subas, dado la imposibilidad de pagar las cuotas. En este sentido, cada vez más cordobeses presentan pedidos de amparo y declaraciones de inconstitucionalidad del DNU 70/23.

CADA VEZ MÁS CORDOBESES DEMANDAN A SUS PREPAGAS POR LOS AUMENTOS

Según datos recolectados por Cba24n, en Córdoba hay 49 causas vinculadas a las subas de las tarifas las distintas prestadoras de medicina prepaga. La mayoría se tramitan en la ciudad de Córdoba, en los juzgados 1, 2 y 3.

En el Juzgado 1 hay 15 causas. Una llegó a un acuerdo con la prepaga y dos fueron rechazadas en apelación ante la Cámara. En tanto, en el Juzgado 2 hay nueve amparos y una acción declarativa de inconstitucionalidad. En el Juzgado 3 son 10 las causas y dos con cautelares concedidas.

En el interior también hay causas en Río Cuarto, Bell Ville, Villa María y San Francisco. A estas medidas se les suman las denuncias que hicieron los diputados de la Coalición Cívica, Hernán Reyes y Juan Manuel López contra las empresas de medicina prepaga que forman parte de la Unión Argentina de Salud.

Por su parte, el Gobierno nacional anunció acciones legales contra las prepagas por presunta cartelización en la fijación de precios, una práctica que va en contra de la Ley de Defensa de la Competencia. Según el art. 2 de la ley: “Constituyen prácticas absolutamente restrictivas de la competencia y se presume que producen perjuicio al interés económico general, los acuerdos entre dos o más competidores, consistentes en contratos, convenios o arreglos cuyo objeto o efecto fuere: a) Concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado”.