Para la Justicia de Córdoba, Katherine Saavedra fue asesinada por su novio, pero no hubo femicidio

Así lo resolvieron el tribunal de la Cámara Tercera del Crimen de Córdoba y el jurado popular. Brando Ariel Larrubia López fue condenado a nueve años de prisión.

La Justicia consideró que no fue femicidio el asesinato de Katherine Saavedra.
La Justicia consideró que no fue femicidio el asesinato de Katherine Saavedra. Foto: Castillo Pedro

En un fallo polémico, la Justicia de Córdoba condenó a Brando Ariel Larrubia López a nueve años de prisión por el homicidio de su novia Katherine Saavedra ocurrido el 3 de marzo de 2021. El tribunal de la Cámara Tercera del Crimen de Córdoba y el jurado popular consideraron que el acusado mató a su pareja, pero no hubo femicidio.

Larrubia López fue hallado culpable del delito de lesiones leves calificadas por mediar violencia de género (por un hecho anterior a la muerte de Katherine) y de homicidio preterintencional. Esto quiere decir que quienes dictaron la condena consideraron que en el golpe que le propinó Larrubia a su novia, el cual le generó graves lesiones que terminarían con su vida, no hubo “dolo”, es decir, intención de matar.

Esta resolución fue tomada pese a que se probó que el sujeto ejercía violencia de género sistemática contra la joven de 22 años. Cabe destacar que tanto la querella como el fiscal de la causa habían solicitado que se juzgue a Larrubia por femicidio. En caso de que hubiera sido así y se lo hubiera hallado culpable, habría sido condenado a cadena perpetua (35 años), la única pena aplicable a ese delito.

En este sentido, Antonella Pelanda, abogada querellante de la familia de Katherine, le anticipó a La Voz que esperarán los argumentos del fallo para evaluar la apelación de la sentencia.