La sanción de Fassi como presidente de Talleres: qué dice el Boletín Oficial de AFA

El expediente por lo ocurrido con el árbitro Andrés Merlos en Mendoza, en encuentro con Boca por Copa Argentina.

La sanción de Fassi como presidente de Talleres: qué dice el Boletín Oficial de AFA
El video que muestra el cruce entre Andrés Fassi y Andrés Merlos, tras el Boca-Talleres.

El Tribunal de Disciplina de AFA suspendió a Andrés Fassi dos años como presidente de Talleres, por el incidente con el árbitro Andrés Merlos en ocasión del partido entre el Albiazul y Boca por los octavos de final de Copa Argentina en Mendoza.

También por la denuncia presentada por Talleres en la Inspección General de Justicia (IGJ), contra la realización de la Asamblea en la que Claudio Tapia será reelecto como presidente; ya que en AFA considerán esta acción del club de barrio Jardín como una “violación a los estatutos”.

El documento en el que se confirma la suspensión por dos años de Andrés Fassi.
El documento en el que se confirma la suspensión por dos años de Andrés Fassi.

LO PUBLICADO POR EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DE AFA

“Que el presente expediente se ha iniciado como consecuencia del informe presentado por el árbitro Andrés Luis Joaquín Merlos, en ocasión de haber sido designado para el partido de fútbol disputado entre los equipos Club Atlético Boca Juniors y el Club Atlético Talleres (Córdoba), con fecha 7 de septiembre de 2024, en el marco de los octavos de final de la competencia deportiva Copa Argentina en la Ciudad de Mendoza”.

En dicha ocasión, informó que “… al finalizar el encuentro cuando nos dirigíamos a nuestro vestuario con la cuaterna arbitral, somos interceptados por el presidente Andrés Fassi y un grupo de personas a su lado de aproximadamente ocho, en ese preciso momento Fassi se me pone en frente de mi persona en forma desafiante y amenazante diciéndome que tengo que hacer con vos para que me dejes de cagar, pinche hijo de puta te tendría que matar, inmediatamente el personal policial con sus escudos actúa sacándolo de enfrente mío, seguidamente lo invito a que venga a mi vestuario para dialogar, a lo que Fassi nunca accedió, inmediatamente ingresó a mi vestuario y detrás de mí ingresa una de las personas que acompañaba al señor Fassi y mirándome en forma amenazante se lleva su mano derecha la cintura y debajo de su campera me muestra la culata de un arma de fuego y me dice que carajo te pasa a vos, a lo que inmediatamente alerté gritando, tiene un arma, entendiendo la peligrosidad de la situación y ante esto el sujeto sale del vestuario junto a otra persona, a lo que pedí que los detuvieran, expresando que uno de ellos tenía un arma y solo cerraron la puerta del vestuario para garantizar la seguridad nuestra. Posteriormente se hizo presente la Policía diciéndome que no lo habían podido detener. Por consiguiente, se realizó la denuncia correspondiente de lo sucedido”.

El video inédito del escándalo entre Andrés Fassi y Andrés Merlos. Captura: TyC Sports
El video inédito del escándalo entre Andrés Fassi y Andrés Merlos. Captura: TyC Sports

I.- Que, a fs. 3/11, se presentan Guillermo José Carena y Juan Bautista Fassi, en calidad de vicepresidente segundo y secretario general del Club Atlético Talleres, respectivamente, y formulan denuncia contra el señor Andrés Merlos, en los términos del art. 18 del Código de Ética de la Asociación del Fútbol Argentina (AFA), por actos de violencia y agresión contra sus personas.

Expediente 96230 (Continuación):

Relatan el contexto en el que se desarrolló el partido de fútbol entre Boca Juniors y Talleres en el estadio Malvinas Argentinas de la Ciudad de Mendoza. Expresan que, terminado el encuentro, Andrés Miguel Fassi y Gustavo Gatti, en ejercicio de la presidencia y vicepresidencia de Talleres de Córdoba, respectivamente, se dirigieron desde el palco de autoridades hacia el vestuario del equipo a fin de acompañar a los jugadores. En cuanto aquí interesa, dijo que: “…Al bajar del palco y llegar a la zona mixta observa que de frente venían los árbitros del partido. En ese momento decide preguntarle al Señor Merlos que por qué en reiteradas ocasiones perjudica a Talleres. Fue tan certera la pregunta del presidente que durante los 3 o 4 minutos que se dio toda la situación, no dijo absolutamente otra palabra más que “explícame por qué seguís perjudicando a Talleres”. Que cualquier otra situación que salga de esta expresión es una mentira total. Habría tres policías testigos y también había un periodista de ESPN, viendo el desenlace de esta situación. Cuando el presidente reiteraba la pregunta, el señor Merlos empieza a gritarle de manera agresiva de que si quería hablar con él, lo acompañara al vestuario. El señor Merlos se pone de una forma totalmente irracional, totalmente fuera de sí, al punto que empiezan a sujetarlo tres o cuatro personas quienes eran su terna arbitral, por cuanto buscaba de manera clara agredir al presidente. El Sr. Merlos siguió insistiendo que fuera a su vestuario. En un momento se suelta de las personas que lo sujetaban y vino directamente a buscarlo, y estando con un policía delante de él, le pega una trompada en su pómulo derecho…”.

Conferencia de prensa de Andrés Fassi Presidente de Talleres tras el incidente del partido contra Boca Juniors por Copa Argentina.
Foto: Pedro Castillo / La Voz
Conferencia de prensa de Andrés Fassi Presidente de Talleres tras el incidente del partido contra Boca Juniors por Copa Argentina. Foto: Pedro Castillo / La Voz

“En ese momento estaba también el vicepresidente, Sr. Gustavo Gatti, quien presenció toda esta situación, y luego de que le pegaran una trompada al Presidente, Gatti se acerca a la puerta que estaba abierta y le dice cosas como: “Pero vos estás loco cómo le va a pegar al presidente” a lo que le responde el Sr. Merlos con una patada a la altura del hígado que lo tira a 2 metros para atrás de la puerta del vestuario”.

EL TESTIMONIO DE UN TESTIGO CLAVE

A continuación, transcribe un testimonio atribuido al periodista Juan Vallejo, que habría brindado por el canal ESPN, el sábado 7 de septiembre del corriente año, a las 22.50hs. Afirma que de lo anterior surge el gravísimo accionar del árbitro Merlos agrediendo a Fassi con golpe de puño y a Gatti con una patada, produciéndoles lesiones, las cuales motivaron una denuncia por ante el Ministerio Público Fiscal de Mendoza, actuaciones D-99481/24 y D-99955/24.

Luego, expresa que el informe emitido por Merlos ante el COMET es falso, al igual que los hechos narrados en una nota y entrevista en Direct TV Sports, de la cual reproduce sus términos. En refuerzo de sus dichos, refiere a las declaraciones de los testigos presenciales del hecho, a las imágenes del video publicado en TyC Sports y a la requisa llevada a cabo por la Policía.

Juan Fassi, familiar de Andrés, subió una foto en la que se muestra cómo quedó el rostro del presidente de Talleres luego del supuesto golpe de Andrés Merlos. (Foto de X)
Juan Fassi, familiar de Andrés, subió una foto en la que se muestra cómo quedó el rostro del presidente de Talleres luego del supuesto golpe de Andrés Merlos. (Foto de X)

Señala que los hechos expuestos y la prueba acompañada encuadran en lo establecido en los arts. 1, 2 y 3 del Código de Ética de la AFA. Cita textualmente el art. 25 de dicho Código. Expresa que no denuncia situaciones propias del arbitraje durante un encuentro deportivo, sino accionar posterior al mismo.

Solicita que se suspenda preventivamente al señor Merlos para dirigir partidos hasta que se resuelva la denuncia, en los términos de los arts. 5 y 6, inc. b), párr. 2 y 6 del Código de Ética. También considera aplicable el art. 265 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la AFA. Ofrece prueba.

Andrés Merlos, en medio de una polémica. Fassi denunció que le pegó una trompada. (Fotobaires)
Andrés Merlos, en medio de una polémica. Fassi denunció que le pegó una trompada. (Fotobaires)

EL RESTO DE LOS ARTÍCULOS DEL EXPEDIENTE TALLERES

III Que, a fs. 12/13, obra una constancia de denuncia de Andrés Miguel Fassi (DNI XX.XXX.XXX) y Gustavo Justo Gatti (DNI XX.XXX.XXX), ante el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza.

IV.- Que, a fs. 14, obra agregada una constancia de consulta de estado de situación de asociaciones civiles y fundaciones, ante la Inspección de Personas Jurídicas del Ministerio de Economía y Gestión Pública, respecto del órgano de gobierno y autoridades del Club Atlético Talleres de Córdoba, CUIT 30530328348.

V.- Que, a fs. 15/16, se encuentran agregados los informes prehospitalarios N° 00001131 y 00001132, ambos de fecha 07/09/2024, respecto de Andrés Miguel Fassi y Gustavo Justo Gatti.

VI.- Que, obran los comprobantes de denuncia de Andrés Miguel Fassi y Gustavo Justo Gatti, ante el Ministerio Público Fiscal.

Conferencia de prensa de Andrés Fassi Presidente de Talleres tras el incidente del partido contra Boca Juniors por Copa Argentina.
Foto: Pedro Castillo / La Voz
Conferencia de prensa de Andrés Fassi Presidente de Talleres tras el incidente del partido contra Boca Juniors por Copa Argentina. Foto: Pedro Castillo / La Voz

VII.- Que, a fs. 24, este Tribunal dicta resolución de fecha 12/09/2024, mediante la cual: (i) se autoriza al presidente del Club Talleres de Córdoba, Andrés Miguel Fassi, a formular su defensa por escrito; (ii) se hace saber al Club Talleres de Córdoba que deberá informa los nombres completos, cargo o función que desempeña en esa entidad, la persona que menciona el árbitro en su informe; (iii) se hace saber al árbitro Andrés Luis Merlos, que deberá adjuntar la denuncia mencionada en el informe.

VIII.- Que, a fs. 26/36, se presenta Andrés Miguel Fassi, por derecho propio y en su carácter de presidente del Club Atlético Talleres, y formula defensas en uso de la facultad conferida por el art. 8 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la AFA, respecto del informe presentado por el señor Andrés Merlos en el marco del presente expediente.

CÓMO FUE EL ENCUENTRO ENTRE FASSI Y MERLOS

Comienza por reproducir el informe de Andrés Merlos. Luego, destaca que los hechos vertidos por el señor Merlos resultan totalmente ajenos a la realidad de lo sucedido y afirma que dicha cuestión resulta sumamente gravosa, porque estamos ante un informe falso y tendencioso, que busca justificar un hecho aberrante como lo es haber agredido a su persona y al vicepresidente cuarto de la institución.

Reconoce que hubo un encuentro posterior al partido, que fue en la zona mixta y que el encuentro se dio en forma ocasional. Niega por falso que haya interceptado al árbitro. Asevera que el encuentro fue ocasional por cuanto se dirigía al vestuario de Talleres, junto con el vicepresidente Gatti, con la única finalidad de ir a ver a los jugadores del equipo, porque sintió la obligación de estar al lado del plantel de forma inmediata.

Andrés Merlos, árbitro de River Plate vs. Deportivo Riestra. / Gentileza.
Andrés Merlos, árbitro de River Plate vs. Deportivo Riestra. / Gentileza.

Manifiesta que durante su traslado hacia la zona del vestuario de Talleres y habiendo encontrado en forma ocasional a Merlos, le surgió preguntarle porqué había perjudicado a Talleres y le pidió explicaciones. Agrega que le reiteró el pedido, al cual el señor Merlos le empezó a gritar de forma agresiva y lo invitó a hablar en la zona de vestuario. Expresa que Merlos estaba alterado.

Expresa que sus dichos se encuentran ratificados por las imágenes que surgen del video publicado al día siguiente. Copia el link. Argumenta que sus dichos también se encuentran respaldados por el testimonio del periodista Juan Vallejo. Transcribe lo que sería su relato en el canal ESPN.

Esgrime que las agresiones fueron constatadas por el personal médico de la empresa Sanos, integrante de la organización de la competencia. Deja constancia que existe un informe crítico policial, labrado por personal de la comisaría 5° Capital, del cual transcribe extractos. Entre ellos, “…según lo manifestado por el árbitro habría observado un arma de fuego en la cintura de uno de los dirigentes, al momento de discutir por el resultado del encuentro se defiende con patadas e ingresa al camerino. Directivas: Dra. Marina Oliveri, dispone: Denuncia formal de la víctima a primera hora de la mañana en sede del Polo Judicial y se eleve el acta de procedimiento. Los dirigentes manifiestan ser ellos los agredidos por el árbitro. Se solicita nuevamente directivas con el ayudante fiscal Dr. Seiko Maehama, de la Oficina Fiscal Capital, quien dispone, sean invitados a realizar la denuncia formal de manera online.

LOS CONSIDERANDO

I.- Que es necesario advertir inicialmente que este Tribunal no se encuentra obligado a analizar todas y cada una de las argumentaciones vertidas por las partes involucradas, sino tan sólo aquéllas que sean conducentes y posean relevancia para decidir el caso y basten para dar sustento a un pronunciamiento válido (arg. CSJN, Fallos: 258:304; 262:222; 265:301; 278:271; 291:390; 297:140; 301:970; 320:2289; 332:640, entre otros), así como también es relevante recordar que en forma constante y reiterada ha sostenido que los informes arbitrales gozan de total presunción de legitimidad en tanto cumplan con los recaudos establecidos por los arts. 2 y siguientes del Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino.

II.- Que, ello sentado, corresponde comenzar por dejar constancia cuáles son los presupuestos fácticos del caso, respecto de los hechos acaecidos una vez finalizado el partido de fútbol entre el Club Atlético Boca Juniors y el Club Atlético Talleres (Córdoba), que fuera disputado en el estadio Malvinas Argentinas de la Ciudad de Mendoza, Provincia del mismo nombre, con fecha 7 de septiembre de 2024, por los octavos de final de la competencia deportiva Copa Argentina.

Andrés Fassi, presidente de Talleres, en medio de acusación con el árbitro Andrés Merlos. (La Voz / Archivo)
Andrés Fassi, presidente de Talleres, en medio de acusación con el árbitro Andrés Merlos. (La Voz / Archivo)

III.- Que, en cambio, existe discrepancia entre los sujetos involucrados en el hecho analizado y sometido a examen de este Tribunal, en cuanto a las formas y al tenor de los sucesos ocurridos. Ello es así, puesto que, por una parte, el señor Fassi manifiesta —en resumidas cuentas— que, se encontró en forma ocasional con el señor Merlos, a quien le pidió explicaciones por sus decisiones arbitrales, y aquél le comenzó a gritar de forma alterada y agresiva y le pegó una trompada; mientras que, por otra parte, los señores Merlos, Gualtieri y Viola son contestes en señalar que en la zona de acceso a la puerta del vestuario reservado a la cuaterna arbitral fueron interceptados por el presidente de Talleres y un grupo de personas, siendo que el señor Fassi se dirigió al señor Merlos, le requirió explicaciones —de forma ofensiva e insistente—, lo increpó, amenazó, agredió y agravió con extrema violencia, generándose un tumulto, gritos y empujones, mientras un sujeto que acompañaba a Fassi se llevó la mano a la cintura y exhibió la “culata” de un arma de fuego, situación que finalizó cuando intervinieron agentes policiales, quienes, con sus escudos los separaron permitiendo el acceso al vestuario.

Ahora bien, en este punto neurálgico de la indagación, y sin perjuicio tanto del resultado que arroje la denuncia instruida por el presidente Fassi y el vicepresidente Gatti ante el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza, como de la gravedad de la denuncia realizada por el árbitro Merlos, en cuanto a que un asistente del señor Fassi lo amenazó exhibiéndole un arma de fuego que presentaba debajo de su campera; este Tribunal estima que, se encuentra debidamente acreditado —con un valor probatorio que resulta inobjetable—, que, el señor Fassi, en ejercicio de su función de presidente del Club Atlético Talleres de Córdoba, conjuntamente con el Señor Gatti y un grupo de personas de su “confianza” que bien podrían ser custodios de los dirigentes se hallaban en un lugar totalmente prohibido y vedado a su presencia, como lo es la zona de acceso al cuarto reservado para vestuario del árbitro principal del cotejo deportivo y de los demás árbitros asistentes, que componen la cuaterna arbitral. Ello así, según surge de los términos establecidos en el artículo 169 del Reglamento General de la Asociación del Fútbol Argentino.

En este aspecto, resulta clara la norma establecida por el artículo en cuestión, en cuanto establece: “Art. 169º.- El cuarto reservado para vestuario del árbitro y los árbitros asistentes con excepción del asistente deportivo, estará vedado para los dirigentes, socios, empleados, entrenadores, auxiliares, etc. de los clubs y para los miembros de los Cuerpos y organismos de la A.F.A., sea cual fuere la función que desempeñen y la autoridad que invistan. Desde el comienzo hasta la terminación del partido (y en el intervalo del mismo), únicamente el árbitro y los árbitros asistentes podrán entrar y permanecer en ese cuarto. Mientras el árbitro y los árbitros asistentes estén en funciones o durante el intervalo, nadie está autorizado para hacerle objeciones o expresarles conceptos sobre la forma en que están desempeñando su cometido o referentes al desarrollo del partido.

Incurrirá en falta grave el árbitro que no denuncie cualquier infracción a lo establecido en este artículo, con excepción de los partidos dirigidos por los árbitros de las Categorías 4a. y 5a. en que podrán entrar los profesores de la Escuela para darles las indicaciones correspondientes” (el subrayado no obra en el texto original).

Así pues, del análisis de los hechos del caso y su encuadre jurídico en la norma del art. 169 del R.G. de la AFA, surge no sólo que la zona de acceso al cuarto reservado para vestuario de la terna arbitral se encuentra vedado para dirigentes —en cuanto aquí interesa— y menos aún para el grupo de personas que los acompañara, sino también que aquéllos no están autorizados a realizarle objeciones o expresarle conceptos sobre la forma en que están desempeñando su función, como así también que incurrirá en falta grave el árbitro que no denuncie lo anterior.

IV.- Que, por otra parte, cabe hacer hincapié que, según lo establece la citada norma contenida en el art. 169 del Reglamento General de la AFA, si el árbitro Merlos no hubiese denunciado la infracción a dicho artículo —en este caso particular que nos ocupa, por la conducta reprochable del señor Andrés Miguel Fassi—, habría incurrido en falta grave.

Andrés Fassi, presidente de Talleres. (Archivo).
Andrés Fassi, presidente de Talleres. (Archivo).

V Por último, no escapa al escrutinio de este Tribunal, ni pasará por alto sin más, cierto insulto realizado por el señor Fassi a la persona del señor Merlos, en ocasión del episodio bajo análisis. En concreto, el señor Fassi dijo —entre otras ofensas—: “… pinche hijo de puta te tendría que matar...”. Ciertamente, la frase en sí misma debe ser considerada como un agravio y una amenaza en los términos del artículo 248 del R.D., pero resulta llamativo la utilización de la palabra “pinche”, en la frase ofensiva, que es propia del vocabulario y uso en México (según el Diccionario de la Real Academia Española, es un adjetivo despectivo, sinónimo: despreciable, vil y ruin), circunstancia que lleva a este Tribunal a ratificar no sólo la verosimilitud de dicha frase expuesta en el informe por el árbitro, sino que su uso resulta propio de la condición argentino-mexicana del señor Fassi.

VI.- Que, sobre la base de todos los hechos expuestos y las circunstancias acreditadas, resulta necesario entonces graduar la sanción que corresponde aplicar tanto al Sr. presidente Andrés Miguel Fassi y a su vicepresidente Gustavo Justo Gatti.

RESOLUCIÓN

1°) Se suspende al señor Andrés Miguel Fassi, presidente del Club Atlético Talleres de Córdoba, por el término de veinticuatro (24) meses, de conformidad con los Arts. 32, 33, 248 y 253 del R.D.-

2°) Se suspende al Sr. Gustavo Justo Gatti, vicepresidente del Club Atlético Talleres de Córdoba, por el término de seis (6) meses, de conformidad con los Arts. 32, 33, 248 y 253 del R.D.-

3) Se amonesta al Club Atlético Talleres de Córdoba, de conformidad con el artículo 252 del R.D.-