El exdirector de un reconocido colegio de Córdoba va a juicio por hostigamiento
También es señalado un exempleado por maltrato. La víctima, una mujer en un cargo jerárquico, sufrió daño psíquico permanente.


La Justicia de Córdoba confirmó la elevación a juicio de dos exintegrantes del Instituto Renault por un grave caso de acoso laboral con perspectiva de género. La causa apunta a un exempleado y a un exdirector, acusados de provocar un daño psicológico irreversible en una trabajadora que ocupaba un rol jerárquico.

Los imputados son Facundo Oscar Raniolo, exempleado de la institución, y Eduardo Cazenave, quien se desempeñaba como director. Ambos están acusados como presuntos coautores del delito de lesiones gravísimas agravadas por el género.
Según determinó la investigación, la víctima fue sometida a un hostigamiento constante y sistemático. Testimonios incorporados a la causa describieron un clima de violencia verbal reiterada, con gritos, descalificaciones y cuestionamientos permanentes.
El punto central, según la Justicia, fue que las agresiones estaban motivadas por el rechazo del acusado a aceptar la autoridad de una mujer en un cargo superior. Incluso, se registraron episodios en los que el imputado desalojaba a la víctima de su propia oficina.
La causa también alcanza al entonces director del Instituto Renault. La Cámara consideró que su conducta fue omisiva frente a las denuncias que había recibido.

De acuerdo al expediente, pese a estar al tanto de la situación, no adoptó medidas eficaces para frenar el hostigamiento. Por el contrario, una de sus decisiones fue sugerirle a la víctima que trabajara desde su casa para evitar conflictos.
Además, en un hecho que fue especialmente cuestionado, la mujer debió encargarse de la liquidación final del agresor tras su desvinculación, lo que fue interpretado como una forma de revictimización.
El encuadre legal de “lesiones gravísimas” se basa en las secuelas comprobadas en la salud mental de la víctima. Los informes periciales confirmaron que padece trastorno por estrés postraumático y depresión crónica. La incapacidad psíquica fue estimada en un 20%.
Según los especialistas, su funcionamiento emocional quedó afectado de forma permanente, con una “vulnerabilidad e hipersensibilidad” que impacta en su vida cotidiana y profesional.

La defensa de los acusados intentó descartar la existencia de violencia de género al sostener que la víctima tenía un “carácter fuerte” y ocupaba un cargo jerárquico. Sin embargo, el tribunal rechazó ese argumento de manera contundente.
Los jueces señalaron que la violencia de género no depende de la personalidad de la víctima, sino del contexto de desigualdad estructural en el que se producen los hechos.

En este caso, el desprecio hacia la autoridad de la mujer y la falta de intervención del director fueron considerados patrones que encuadran dentro de ese tipo de violencia.
Con la elevación a juicio ya confirmada, el caso avanzará hacia el debate oral y público. La resolución podría convertirse en un antecedente clave sobre cómo se investigan y sancionan los casos de acoso laboral con perspectiva de género en Córdoba, especialmente cuando existen responsabilidades jerárquicas involucradas.