Cuáles son los límites de velocidad en las rutas y las autopistas de Córdoba

Previo a la temporada verano 2024-2025, la Policía Caminera enumeró los límites y el precio de la multa.

Cuáles son los límites de velocidad en las rutas y las autopistas de Córdoba
La Caminera recordó los límites de velocidad para circular en Córdoba.

Luego de haber confirmado cuáles son los papeles que pedirá durante el verano, la Policía Caminera brindó otro importante anuncio. Confirmó cuáles son los límites de velocidad en rutas, autopistas, calles y avenidas de Córdoba.

En la previa al inicio de la temporada verano 2024-2025, las autoridades ya organizan los controles con radares policiales a lo largo y ancho de los caminos de la provincia. En este sentido, las personas deben estar atentas a las velocidades para evitar ser multadas.

Controles de la Policia Caminera en Córdoba.
Controles de la Policia Caminera en Córdoba.

Cuáles son los límites de velocidad en las rutas y las autopistas de Córdoba

Ante este escenario, desde la Policía Caminera de Córdoba recordaron cuáles son los límites de velocidad en la ciudad y la provincia, en caso de no existir señalización que indique lo contrario:

  • En zona urbana:
    • en calles: cuarenta (40) km./h.b)
    • en avenidas: sesenta (60) km./h.c)
    • en vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos.
  • En zona rural (rutas convencionales):
    • Para motocicletas, automóviles y camionetas: ciento diez (110) km./h.b)
    • Para ómnibus y casas rodantes motorizadas: noventa (90) km./h.c)
    • Para camiones, automotores con casa rodante acoplada y transporte de sustancias peligrosas: ochenta (80) km./h.d)
  • En autopistas y autovías:
    • Para motocicletas, automóviles y camionetas: ciento diez (130) km./h.b)
    • Para ómnibus y casas rodantes motorizadas: noventa (100) km./h.c)
    • Para camiones, automotores con casa rodante acoplada y transporte de sustancias peligrosas: ochenta (80) km./h.d)
  • Límites máximos especiales:
    • En las intersecciones urbanas sin semáforos, ni señales de prioridad; la velocidad precautoria, nunca debe superar los treinta (30) km./h.
    • En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos; la velocidad precautoria no debe superar los veinte (20) km./h, y el cruce se efectuará después de asegurarse el conductor que no se acerca un tren.
    • En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas la velocidad precautoria no es mayor a treinta (30) km./h, durante su funcionamiento.
    • En rutas que atraviesen zonas urbanas (travesías), la velocidad precautoria no es mayor a sesenta (60) km./h.

Cuánto hay que pagar por una multa por exceso de velocidad en Córdoba

Las multas muy graves equivalen de 200 a 400 UF (pérdida de 5 a 20 puntos) y llegan hasta los $ 466.800, según informó la Policía Caminera. Estos casos son cruzar semáforos en rojo; conducir a contramano o exceder el límite de velocidad.