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Vía Córdoba / Violencia

Córdoba: podrían incorporar la violencia digital en el código de convivencia

En caso de que se apruebe, las multas irían desde los 150 mil a 1,5 millones de pesos.

Córdoba: podrían incorporar la violencia digital en el código de convivencia
autor avatarRedacción Vía CórdobaSeguinos enGoogle
13 de abril de 2022, 23:37
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Laura Villalba, legisladora de Córdoba, propuso incluir la violencia digital al Código de Convivencia de la provincia. La iniciativa prevé tanto el hostigamiento digital, como la supresión de identidad y la distribución de imágenes sin consentimiento.

En la actualidad, no hay ningún procedimiento judicial que se pueda realizar en base a este tipo de situaciones ya que no están contempladas como delito en el Código Penal ni tampoco como contravenciones.

La propuesta prevé, según las características de cada situación, una multa de entre 150 mil y 1,5 millón de pesos para quien las cometiere y sea mayor de 18 años. Mientras que, cuando quien las comete tenga entre 16 y 18 años un juez determinará qué tipo de intervención hará a esa persona según explicó Villalba.

Además, se anticipan dos agravantes: cuando la víctima es menor de 18 años y cuando es mayor de 70, cuando es conyugue o ex conyugue, cuando haya sido cometido en una relación de confianza hasta el cuarto grado de consanguinidad (familia directa) y segundo grado de afinidad, por ejemplo (amigo del amigo). También, cuando en esto hubiera oferta de servicios sexuales, cuando sea cometido con fines de lucro y cuando la víctima haya tenido que mudarse de casa o cambiar de estilo de vida forzadamente por esta situación.

“Son delitos en los que muchas veces juega el anonimato y desde allí ejercen violencias de las que suelen ser más vulnerables las mujeres. Queremos evitar la impunidad que hoy gozan estas personas”, aclaró la legisladora.

Situaciones que se multarán

  • Difusión no autorizada de imágenes a terceros: cuando una persona comparte con amigos o en grupos imágenes (generalmente son de contenido sexual) sin el consentimiento de la persona que aparece en esas imágenes.
  • Hostigamiento digital: cuando la víctima recibe comunicaciones perturbadoras, intimidantes, persecutorias y que pueden hacer que la vida de una persona se transforme completamente. A veces puede generar enfermedades, depresiones o medidas forzosas como el cambio de domicilio para protegerse.
  • Suplantación de identidad: sucede cuando alguien toma el nombre o la foto o el número de teléfono de alguien y se hace pasar por esa persona con determinado fin, puede ser para cometer delitos como para dañar a la propia víctima. Un ejemplo de esto es cuando publican los números de teléfonos en páginas que ofrecen trabajo sexual.

En caso de que el proyecto avance y luego se apruebe deberá reglamentarse y quedarán habilitadas todas las unidades judiciales para realizar las denuncias sobre este tipo de situaciones.

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