Tania Abrile era una reconocida artista plástica de Río Tercero, que falleció tras consumir éxtasis en una fiesta electrónica en Córdoba, el 24 de julio de 2016. A siete años de su muerte, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia ordenó la elevación a juicio de su causa.
El TSJ juzgará la facilitación de lugar para el consumo de sustancias estupefacientes agravado y los acusados son los organizadores de la fiesta electrónica Iván Aballay Héctor Oscar Baistrocchi. Están imputados por el delito de homicidio culposo.
DE QUÉ ACUSAN A LOS ORGANIZADORES DE LA FIESTA ELECTRÓNICA
El proceso buscará determinar si los acusados se ocuparon de establecer medidas adecuadas y serias para evitar que ese consumo ocurriera en el evento desarrollado en el Orfeo Superdomo. En este sentido, el TSJ señala que los organizadores no previeron los controles en todos los accesos al predio ni adoptaron ningún tipo de medida dirigida a evitar, neutralizar o reducir el consumo.
Destaca también que, la decisión de que sólo opere seguridad privada en el evento impidió que dieran aviso e intervención alguna a la autoridad policial que estaba afuera del predio.
Por su parte, se remarca que la muerte de Tania Abrile fue consecuencia de la ingesta de éxtasis y de la inadecuada atención primaria recibida en el lugar por parte de un falso médico que había sido contratado por los organizadores.
De esta manera, Aballay y Baistrocchi están señalados por la generación de un riesgo no permitido, que los sitúa en el plano de la responsabilidad culposa.
En este sentido, enfatiza que los acusados eran organizadores asiduos de fiestas electrónicas y -como tales- conocían que muchas personas consumen estupefacientes y que ello suele acarrear cuadros clínicos severos, y, no obstante ello, contrataron un servicio médico sin verificar que su personal tenga habilitación.