En Córdoba, los positivos de coronavirus sin internación no podrán hacer cuarentena en sus casas

Deberán realizar aislamiento obligatorio por 14 días corridos en los establecimientos extra-hospitalarios destinados a tal fin por la provincia.

En la provincia no se produjeron fallecimientos a causa del virus.
En la provincia no se produjeron fallecimientos a causa del virus.

El Ministerio de Salud de Córdoba dispuso que las personas positivas en coronavirus que no requieran internación "deberán realizar aislamiento obligatorio por 14 días corridos en los establecimientos extra-hospitalarios" dependientes del Estado provincial, con lo cual ya no estará la opción de definir el domicilio para el cumplimiento del protocolo.

Así lo estableció la Resolución Nº 999/2020 publicada en la edición de este martes del Boletín Oficial provincia, que lleva la firma el ministro de Salud, Diego Cardozo.

La norma fundamenta la medida en el hecho de que "la situación actual de la pandemia impone el seguimiento permanente, control y fiscalización dentro de la provincia, como así adoptar medidas de excepción que el caso requiera".

Asimismo, establece que el incumplimiento de esa decisión será pasible de la "aplicación del régimen de multas excepcionales previstas derivadas del no acatamiento de las órdenes del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), sin perjuicio de la denuncia penal que pudiera corresponder".

El instrumento oficial se respalda jurídicamente en las normas nacionales, provinciales y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), vinculadas a la Emergencia Sanitaria ampliada por la situación epidemiológica con relación al Covid-19.

"Dispónese que los casos positivos Covid-19 que no requieran internación, a criterio de la autoridad del Área de Epidemiologia dependiente de esta Cartera de Salud, deberán realizar aislamiento obligatorio por 14 días corridos en los establecimientos extra-hospitalarios destinados a tal fin con que cuenta actualmente la Provincia de Córdoba", determina el artículo 1 de la norma publicada.