Declararon la emergencia agropecuaria para diferentes zonas de Córdoba

Se trata de polígonos específicos ubicados en 14 cuencas hidrográficas, que abarcan unas 200 mil hectáreas.

La Federación Agraria Córdoba reclama que no se hacen las obras, tras la inundaciones.
La Federación Agraria Córdoba reclama que no se hacen las obras, tras la inundaciones.

Este martes el gobierno provincial determinó el el estado de Emergencia Agropecuaria para una serie de polígonos específicos que contemplan 200 mil hectáreas, y que están ubicados en 14 cuencas hidrográficas del territorio cordobés.

Todo quedó oficializado a través del decreto 465/2019 publicado en esta jornada, en el Boletín Oficial de la Provincia. La decisión se dio debido a los problemas sufridos en diferentes regiones a raíz de los excesos de precipitaciones, que derivaron en anegamientos.

Ante lo puntual de los fenómenos, la Comisión de Emergencia Agropecuaria Provincial fue recibiendo en las semanas precedentes diversos informes y datos de las agencias zonales, imágenes satelitales y relevamientos de entidades del agro, a partir de los cuales se fue diagramando el esquema de zonas afectadas.

En el acta presentada al Ejecutivo, se propuso incluir en el decreto a superficies específicas y georeferenciadas de las siguientes cuencas: sistema arroyo El Gato y arroyo Santa Catalina; sistema La Picasa; Laguna Jume; sistema Río Tercero; arroyo Chazón; sistema Río Saladillo; sistema arroyo El Chato; cuenca Río Primero; cuenca Río Carnero y Salsipuedes; sistema arroyo Tortugas; sistema Río Carcarañá; cuenca Río Segundo; sistema Laguna del 7; y diversas áreas sin drenaje superficial.

El período de vigencia para esta nueva Emergencia Agropecuaria se determinó según el siguiente esquema para las actividades agrícolas, ganaderas, tamberas, apícolas y frutihortícolas: desde el 1/05/2019 hasta el 31/12/2019.

Beneficios.  El principal beneficio que otorga la ley de emergencia agropecuaria provincial es la postergación del pago del impuesto inmobiliario rural (en caso de tener más del 50 por ciento de afectación), o directamente la exención si se supera el 70 por ciento.