Continúan las restricciones con algunos cambios

Será hasta la 9 de agosto. Ahora se podrá circular en nuevo horario de jueves a domingo. También se habilitan reuniones familiares limitadas.

Continúan las restricciones con algunos cambios
Habrá un límite de 10 personas para los encuentros.

Las nuevas medidas tendrán vigencia hasta el 9 de agosto, y así quedó plasmado en el decreto que mantiene la declaración de alto riesgo epidemiológico o de alarma epidemiológica y sanitaria en parte de la provincia, entre ellos el departamento Escalante.

Asimismo se establece que la circulación de las personas en todo el territorio provincial estará habilitada de lunes a jueves desde las 6 hasta las 0 horas, y viernes, sábado y domingo de 6 a 2 horas del día siguiente, exceptuando a las personas afectadas a actividades esenciales.

Arcioni y los ministros dieron a conocer las medidas.
Arcioni y los ministros dieron a conocer las medidas.

Los ingresos a Chubut estarán habilitados, por vía terrestre de 8 a 0 horas, y en todos los casos las personas deberán contar con la aplicación CUIDAR, habilitada con un mínimo de tres días de antelación.

En tanto, quienes arriben procedentes desde la provincia de Buenos Aires o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vía aérea o en transporte terrestre de pasajeros, deberán contar con a su ingreso con un certificado de test de hisopado negativo –PCR- o test antígeno, realizado dentro de las 72 horas anteriores y además la aplicación CUIDAR.

Quienes pretendan ingresar a Chubut para cumplir actividades turísticas deberán contar con el Certificado Turismo, que se tramita en www.argentina.gob.ar7circulacion/turismo; aplicación CUIDAR, obra social con cobertura en la provincia del Chubut o Seguro Covid-19 y reserva de alojamiento habilitado o declaración del domicilio donde se va a alojar.

Las aulas de Chubut con actividad presencial.
Las aulas de Chubut con actividad presencial.

No podrán ingresar al territorio provincial, las personas que revisten la condición de caso sospechoso, caso confirmado o contacto estrecho de casos confirmados de Covid-19.

El artículo 14 del DNU habilita la realización de reuniones sociales y familiares en domicilios particulares, con la asistencia de hasta 10 personas. Los presentes deberán dar cumplimiento a las normas de conducta general y protección y cualquier otra recomendación e instrucción de las autoridades sanitarias nacionales y provinciales.

Se establece además, en el artículo 17, el mantenimiento de la presencialidad en el dictado de clases en los establecimientos educativos públicos y privados de los niveles Inicial, Primario, Secundario y Superior en todas las localidades de la provincia del Chubut.

Se mantienen vigentes las condiciones de funcionamiento de las actividades económicas, industriales y comerciales; de servicios técnicos, profesionales, servicios domésticos y de cuentapartistas; sociales, culturales y deportivas (en las condiciones establecidas para esos fines).

Control por horarios de circulación.
Control por horarios de circulación.

El horario habilitado es el mismo vigente para la circulación de las personas. Están exceptuadas de esa limitación las farmacias, estaciones de servicio y demás actividades consideradas esenciales que tengan un horario de desarrollo diferente al establecido para la circulación de las personas.

Se mantiene además la vigencia de las salidas de esparcimiento “de manera responsable, en beneficio de su salud y el bienestar psicofísico” y no se podrán formar aglomeraciones o reuniones de personas. Sólo se podrán realizar actividades deportivas individuales y aquellas que no importen la reunión de más de 10 personas. En todos los casos sin concurrencia de público.

Están autorizadas las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados, siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales. Las salas de teatros y espectáculos podrán realizarse con un aforo del 50 por ciento y en los cines se permite una concurrencia del 30 por ciento de la capacidad de la sala.