Asimismo, el IEAP tendrá una alarma epidemiológica y sanitaria. Es un sistema que desde el gobierno de Santa Cruz se estableció en adhesión a las medidas implementadas por el último DNU del gobierno nacional.
El Decreto Provincial N° 467/21 tendrá vigencia hasta el 21 de mayo y establece que el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia determinará semanalmente el Índice Epidemiológico Ajustado por Población (IEAP) para cada localidad que se clasificará del siguiente modo:
1) Riesgo bajo: 0 a 0,5; 2) Riesgo medio: 0,5 a 2; 3) Riesgo alto: 2 a 3,5; 4) Alarma epidemiológica y sanitaria: mayor a 3,5.
A los fines de lograr la efectividad de este Índice se prevé intensificar en cada localidad la detección de asintomáticos a través de test antígeno a la población, conforme la siguiente escala: localidad de riesgo bajo: sólo a personas sintomáticas; localidades con riesgo medio: uno por ciento (1%) de la población; localidades de riesgo alto: dos por ciento (2%) de la población; en alerta epidemiológico y sanitario: cuatro por ciento (4%) de la población con una periodicidad semanal en todos los supuestos.
En el supuesto que las localidades se encuentren a una distancia mínima de 20 km. entre ellas, a los fines de efectuar la clasificación de riesgo epidemiológico se adoptará el índice de aquella cuyo riesgo sea mayor.
En cuanto a las medidas, serán de menor a mayor de acuerdo a las localidades de riesgo bajo, medio o alto.
Las localidades de Riesgo Bajo comprenden Puerto Deseado y Pico Truncado. También tiene un índice bajo Río Turbio pero al encontrarse a menos de 20 kilómetros de 28 de Noviembre será considerada una localidad con riesgo medio.
Las localidades de riesgo medio son 28 de Noviembre (Río Turbio), El Chaltén, Caleta Olivia, Jaramillo, Fitz Roy, Cañadón Seco, Koluel Kaike, Los Antiguos, Piedra Buena, Perito Moreno (Lago Posadas), El Calafate (Tres Lagos), San Julián y Río Gallegos.
Localidades de riesgo alto son Las Heras y Gobernador Gregores.
Alerta epidemiológica y sanitaria
En alerta epidemiológica se encuentra Puerto Santa Cruz.
En esta localidad se tomarán las siguientes medidas: El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será desde las 07:00 hs hasta las 19:00 horas y deberá cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial, con un aforo de hasta el treinta por ciento (30%) según la capacidad del lugar.
Las confiterías y restaurantes funcionarán solo bajo la modalidad delivery; se suspenden el funcionamiento de bares y cervecerías; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados; las actividades y los deportes grupales; y el funcionamiento de casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta.
Se restringe de manera estricta la circulación de personas entre las 19:00 hs a las 07:00 hs am, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas.
Se recomienda a la ciudadanía suspender la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, por constituir ello una de las principales fuentes de contagio de COVID-19, salvo para la asistencia de personas que requieran cuidados especiales.
El transporte público urbano de pasajeros deberá funcionar cumplimentando los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad competente, con las ventanas abiertas a fin de mantener la ventilación adecuada y solo para personal esencial y autorizados.
En ciudades de más de 100 mil habitantes, se limita la circulación de personas en el ámbito de las localidades aludidas en el presente, de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, sólo para el desarrollo de las siguientes actividades a los efectos de prevenir aglomeración de personas: Concurrencia a Supermercados. Servicio de retiro o entrega de paquetería. Concurrencia a Comercios Mayoristas, hipermercados, corralón de materiales.