En el marco de la prórroga del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 17 de julio, el Comité Operativo de Emergencia de Caleta Olivia (COE) emitió una nueva Resolución con importantes novedades para los vecinos y el sector comercial local.
En su artículo N°1, la Resolución N°24 establece una extensión del horario comercial para toda actividad desarrollada dentro del Cronograma Único de de Circulación General.
De este modo, de lunes a sábado todos los comercios podrán abrir en la franja comprendida entre las 7 y las 00 horas, mientras que los días domingos continuará el horario de 7 a 20 horas con la excepción de los locales gastronómicos que realicen servicio de alimentos y bebidas. Para ellos el cierre efectivo será a las 00 horas de lunes a lunes.
Respecto al rubro gastronómico, la norma aclara también que no habrá restricción de edad para el ingreso de clientes. Solo se mantiene el límite del 50% de la capacidad del salón.
Por otro lado, el Art. N°3 establece que los comercios considerados de alta circulación como Supermercados, Hipermercados, Casino, y todos aquellos con superficies que superen los 600 m2, tienen la obligatoriedad de realizar una desinfección general certificada cada 7 días.
También se dispone la aplicación del protocolo de funcionamiento, recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad para Casinos, establecido en la Resolución Ministerial de Provincia de Santa Cruz N°1144/20, por el término del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, del de Caleta Olivia, y la correspondiente desinfección semanal los días domingo.
La atención al público en el Casino de Caleta Olivia se regirá por el cronograma único de circulación general (días lunes, miércoles y viernes las personas titulares de DNI con terminación impar, y los días martes, jueves y sábado los titulares de DNI con terminación par. Los días domingos no habrá restricción de DNI.
Por último, la Resolución establece el cronograma único de circulación general (par e impar) respecto a los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos (como Pago Fácil y Rapipago, mutuales y cooperativas de crédito, Pymes y Cooperativas de servicios de conectividad de Internet y servicios TIC en general, Entidades Bancarias), arbitrando los medios para evitar aglomeramiento de personas, y en cumplimiento del protocolo para el caso.