Juicio por Macarena Mendizábal: denunciaron amenazas contra la familia de la víctima

Luego de conocerse la condena contra el expiloto Silvoso, se registraron incidentes en la sala del tribunal.

Condenaron a tres años de cárcel al conductor que atropelló borracho a Macarena Mendizábal y la dejó en estado vegetativo. (Clarín)
Condenaron a tres años de cárcel al conductor que atropelló borracho a Macarena Mendizábal y la dejó en estado vegetativo. (Clarín)

El excorredor Santiago Silvoso fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, según el veredicto en el juicio que se le siguió por atropellar en 2015 al vehículo en el que estaba la joven Macarena Mendizábal, quien desde entonces está en estado vegetativo. Tras la lectura de la sentencia, los familiares de la víctima denunciaron amenazas y provocaciones. 

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"No respetan el dolor; yo estuve con mi hija internada y Silvoso estuvo viajando por el mundo, fue un acting todo lo que hicieron. Él es un acting, pero la condena social no se la saca nadie", subrayó Adriana Aruj, la madre de Macarena, tras el veredicto dictado este mediodía por la jueza María Cecilia Maiza, a cargo del Tribunal Oral Criminal N° 24 de la ciudad de Buenos Aires.

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Aruj habló con los medios a la salida del Tribunal y señaló que "lo que no soportamos, por eso se armó tanto lío en la sala, es la falta de respeto, la madre (de Silvoso) sobrándonos... Ellos nunca tuvieron don de gente".

Además, otro familiar contó que incluso amenazaron a un primo de Macarena: "Le dijeron que se fuera del recinto porque lo iban a matar. Esto ya es demasiada barbarie".

El 5 de abril de 2015, Macarena había ido a bailar a un boliche de la Costanera porteña cuando a la madrugada el vehículo en que circulaba fue embestido por Silvoso, quien manejaba con 1,46 gramos de alcohol por litro de sangre, el triple de lo permitido.

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Silvoso fue condenado por "lesiones culposas leves en concurso ideal con lesiones culposas gravísimas", pero la familia había solicitado un cambio de carátula con el delito de "lesiones gravísimas con dolo eventual", contemplado en el artículo 91 del Código Penal, y una condena a diez años de cárcel.

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