Monte Hermoso: se aprobó el protocolo de ingreso para no residentes

En el Concejo Deliberante. Su entrada en vigencia a partir de septiembre, depende ahora de la decisión del Comité de Crisis de Monte Hermoso, que preside el intendente Alejandro Dichiara.

Monte Hermoso
Monte Hermoso

El Concejo Deliberante de Monte Hermoso aprobó el “Protocolo de actuación y registración”, destinado a permitir el ingreso de propietarios de viviendas sin residencia permanente.

Su entrada en vigencia es a partir de septiembre y depende ahora de la decisión del Comité de Crisis,  que preside el intendente Alejandro Dichiara.

El permiso para el ingreso está limitado a quienes residan en localidades que se encuentren atravesando las fases 4 o 5 de administración del aislamiento.

El tiempo del que dispondrán para permanecer en la localidad serña con el ingreso entre las 8  hasta las 18 y el egreso hasta las 10 de la mañana del día siguiente. La cantidad de permisos a otorgarse: no más de 200 vehículos por día, ocupados por hasta dos personas.

Intendente Alejandro Dichiara
Intendente Alejandro Dichiara

La primera dificultad que surge es la que deriva de la obligación de acreditar que se está comprendido "en las excepciones de circulación dispuestas en el art. 6 del DNU 297/20", que se vinculan con actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Ese permiso debe solicitarse ingresando a este enlace: https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/buenos-aires/categoria/7www.argentina.gob.arhttps://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/buenos-aires/categoria/7www.argentina.gob.ar

También puede tramitarse cargando la aplicación CuidAr en el teléfono celular.

Antes de eso, la normativa establece que las personas que quieran ingresar deberán inscribirse en un registro que estará a cargo de la Secretaría de Turismo, por teléfono, de lunes a viernes, 8 a 16, a los números 02921 481-123 / 482-306 o 482-770, o realizar consultas a través del correo electrónico consultasingresos@montehermoso.gov.ar

Los datos personales que están obligados a brindar los solicitantes tendrán carácter de Declaración Jurada y del detalle se desprende que el ingresante puede no ser titular del inmueble ya que existe la opción de indicar el vínculo con el propietario.

Una vez realizado el trámite, se recibirá un email con el número de turno y la fecha otorgada para el ingreso, el que deberá ser impreso y firmado al efecto de ser entregado en el puesto de control de la localidad.