Azul fue declarado de “alto riesgo epidemiológico”

El Gobierno difundió el mapa que clasifica a todas las localidades y departamentos del país.

Azul fue declarado de “alto riesgo epidemiológico”
Homenaje Plaza San Martin

Luego de las nuevas restricciones impuestas por Alberto Fernández ante el avance de la segunda ola de coronavirus, el Gobierno difundió el mapa que clasifica a todas las localidades y departamentos del país, y Azul fue declarado como “alto riesgo epidemiológico” al igual que otras localidades bonaerenses. En la tarde del sábado, el intendente Hernán Bertellys publicó un posteo en redes en el que afirmó que “estamos a la espera que el Gobernador firme el decreto con las nuevas medidas”

Además del partido de Azul, entre los distritos de la zona figuran Tandil, pero no Olavarría que fue ubicada como de “medio riesgo”.

Las cuatro zonas sanitarias son el resultante de tres indicadores que miden en cada uno de esos lugares la progresión de contagios y la saturación del sistema de salud: se trata de la razón, la incidencia y la oferta local de camas de terapia intensiva.

A partir del resultado de esas tres variables, las jurisdicciones se dividen en zonas de bajo riesgo, de medio riesgo (donde las autoridades provinciales quedan a cargo de tomar medidas preventivas para disminuir contagios), de alto riesgo (con suspensiones en marcha, limitaciones para el funcionamiento de comercios y restricciones para circular, aunque no se trate de las medidas más duras) y finalmente de alerta epidemiológica (donde se aplican las disposiciones más fuertes, como la suspensión de las clases presenciales y la prohibición para circular de 20 a 6, salvo los trabajadores esenciales que lo justifiquen, entre otras).

RESTRICCIONES PARA LOCALIDADES DE ALTO RIESGO EPIDEMIOLÓGICO

• Restricción de circular entre las 0 y las 6 horas. Quedan exceptuados los esenciales y personas con horarios laborales nocturnos afectadas a las actividades industriales.

• Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

• Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.

• La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. En tanto, queda autorizada la realización de las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados.

• Suspendidas Actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.

• Suspendidos eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

• Cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.

• Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 23 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

• El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los comercios y los espacios cerrados de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 30% del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas en los correspondientes protocolos.