A horas del vencimiento del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), el Gobierno nacional extendió su continuidad en todo el país, con las mismas restricciones que hasta ahora. Por el momento, seguirá vigente hasta el 12 de marzo inclusive, según el Decreto 125/2021, publicado este domingo en el Boletín Oficial.
Luego de que la Argentina superara los 50 mil fallecimientos por coronavirus, y en medio de un contexto de flexibilizaciones entre las que se encuentran, por ejemplo, el regreso de las clases presenciales, en el texto del decreto, las autoridades nacionales advirtieron que se detectaron variantes del Covid-19 originarias del Reino Unido, Brasil y Sudáfrica en el país.
Además, remarcaron que, si bien a nivel local hubo “una disminución de los casos confirmados” durante las últimas semanas, “en algunas jurisdicciones, principalmente del NEA y NOA, se comienza a observa un aumento” del número de infectados.
Por esta razón, el Poder Ejecutivo consideró necesario que continúe vigente en todas las jurisdicciones la modalidad del DISPO, que vencía este lunes. Además, volvió a ratificar la potestad de las provincias para implementar restricciones de circulación si lo consideran necesario.
Así se mantendrá la libre circulación en el territorio nacional, aunque los gobernadores y el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán reglamentar la medida como consideren, estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas.
Sobre este punto, el Poder Ejecutivo remarcó que para esto las provincias deberán seguir teniendo en cuenta dos parámetros sanitarios: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20; o cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.
Además, las autoridades ratificaron la importancia de la vuelta a las clases presenciales, al sostener la medida que indica que en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del coronavirus, “se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos” bajo esa modalidad.
De igual forma, para facilitar la movilidad a los colegios tanto los docentes y todo el personal escolar, como así también los alumnos y sus acompañantes, permanecerán exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros. Para poder utilizarlo, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.
En cuanto a las actividades permitidas, siguen en pie las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre con una distancia mínima de dos metros, la utilización de tapabocas y el cumplimiento de los protocolos y las instrucciones de los especialistas sanitarios.
También, permanecen funcionando todos los sectores económicos, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo aprobado por la autoridad correspondiente en cada jurisdicción, según las recomendaciones sanitarias.
En el caso de los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la ocupación de superficies cerradas será de un máximo del 30%s del aforo, mientras que en el resto del país asciende al 50%.
En cuanto a los deportes y las actividades artísticas, podrán realizarse con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado, respetando los protocolos de cada una de ellas. En lugares cerrados, la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas.
Entre las actividades no habilitadas, permanecen prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares, y actividades en general, de más de 20 personas en espacios cerrados y privados al aire libre de acceso público o en domicilios particulares. Tampoco se pueden realizar reuniones culturales, sociales, recreativas o religiosas en espacios públicos al aire libre, con una concurrencia mayor a 100 personas.
De igual forma, siguen limitadas la práctica deportiva en lugares cerrados con más de 10 participantes o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros, y los cines, teatros, clubes y centros culturales, salvo que las autoridades de cada jurisdicción lo permitan.
A la par de confirmar la continuidad del DISPO, el Gobierno confirmó que seguirán cerradas las fronteras terrestres y aéreas con los países limítrofes y de Gran Bretaña hasta el próximo 12 de marzo, inclusive. Lo hizo a través de la Decisión Administrativa 155/2021, publicada en el Boletín Oficial.
Continuará en suspenso la prueba piloto que autorizó el ingreso de turistas extranjeros provenientes de Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile, tanto por las terminales aéreas de Ezeiza y San Fernando como por la portuaria de Buquebus.
El Ministerio de Transporte podrá ampliar o reducir la nómina de países que tienen restricciones para el ingreso a la Argentina, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.
También se mantendrán reducidas las frecuencias de vuelos provenientes de los Estados Unidos, México y Europa al 30% de la capacidad, y de Brasil, al 50%, aunque se podrá ampliar, disminuir o eliminar tales porcentajes.