Desde la UIA consideran que extender la prohibición de despidos “no tiene justificación”

Finalmente, las empresas no podrán despedir por 90 días y la doble indemnización se implementará hasta fin de año.

Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la Unión Industrial de la Argentina (UIA). (Foto: Clarín)
Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la Unión Industrial de la Argentina (UIA). (Foto: Clarín)

El Gobierno nacional decidió extender por 90 días la vigencia de la normativa que prohíbe los despidos y extender la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el 2021. Pero desde la Unión Industrial Argentina (UIA) consideran que la medida desalienta la creación de puestos de trabajo.

Ya no hay justificación para eso, ya que bajaron las suspensiones y la curva de contrataciones cambió y la industria se recupera”, expresó Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la UIA y titular de la COPAL, la cámara de las alimenticias, en diálogo con Clarín.

El Indec efectivamente informó que en noviembre del año pasado, el uso de la capacidad instalada de la industria se ubicó en el 63,3%, lo que representa un crecimiento de 3% interanual. Sin embargo, las consultoras coinciden en que el sector servicios (turismo, gastronomía y entretenimiento) continúa semiparalizado por la pandemia de coronavirus.

Daniel Funes de Rioja (Foto: Clarín)
Daniel Funes de Rioja (Foto: Clarín)

Por su parte, Funes de Rioja opinó que con esta extensión se “distorsiona el concepto de emergencia” y que “encarecen los costos laborales y quita competitividad”. Y agregó que no poder despedir personal desalienta la creación de nuevos empleos formales y “aumenta la informalidad”.

“Lo que yo considero es un triple cepo laboral: despidos, suspensiones y doble indemnización”, cerró.

El primer decreto rigió desde el 1° de abril, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.

La medida fue resuelta por la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar” la pandemia de coronavirus.

De acuerdo con el Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero próximo, por lo que el Gobierno decidió prorrogar la medida.

La prohibición de despidos fue ordenada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020, en la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por la pandemia.

El Gobierno fundamentó entonces la prórroga de la prohibición de efectuar despidos en la puesta en marcha de una “serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”.