La decisión de tres jueces federales de dejar en libertad a un hombre condenado por violación cuando comenzaba la cuarentena por el Covid-19 en Argentina llegó a la Consejo de la Magistratura de la Nación. Esto fue gracias a la denuncia que realizó el diputado nacional Alberto Asseff, que refiere al mal desempeño de las tres autoridades del Tribunal Oral Federal 5 de San Martín.
El beneficio de prisión domiciliaria fue entregado a Miguel Ángel Holotte, que había sido condenado a 6 años de prisión. "Abuso sexual con acceso carnal -por vía oral, en el cual la víctima no pudo consentir libremente la acción -reiterado en dos oportunidades", fue el delito que cometió Holotte, junto a la promoción "corrupción de menores de dieciocho años" y "facilitación y divulgación de representaciones de partes genitales de menores de dieciocho años de edad con fines predominantemente sexuales".
Esta decisión produjo que el diputado Asseff emitiera la primera presentación al organismo que elige y controla a los jueces a raíz de las libertades y prisiones domiciliarias que se han dado para hacer frente al hacinamiento carcelario, en medio de la emergencia por el COVID-19. Los magistrados denunciando por por "falta de imparcialidad, arbitrariedad y mal desempeño" son María Claudia Morgese Martín, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini, del Tribunal Oral Federal 5 de San Martín.
Para tomar esta polémica decisión, los jueces se basaron en "antecedentes de tabaquismo, cardiopatía, nefropatía, anemia, litiasis vesicular, insuficiencia renal, hiperlapsia prostática con aumento de tamaño testicular derecho" que posee el condenado. También, Holotte tiene colocados dos stent y recibe medicación diario.
Los magistrados se ampararon en una Cámara Nacional de Casación Penal para sostener que de llegar el Coronavirus al penal donde se encuentra el recluso podría correr un alto riesgo de vida. Pero algo que resonó es que los mismo sostuvieron que no pueden asegurar el escape una vez que el hombre este en arresto domiciliario, luego de pagar una fianza de 100 mil pesos.
"Es cierto que no podría asegurarse que en caso de disponerse el arresto del imputado en su domicilio, este no se contagiará el Covid-19, como así tampoco qué tendrá garantizada una atención eficaz en el sistema de salud pública, pero lo que sí es seguro es que si la población carcelaria de riesgo fuera diseminada en distintos domicilios, la velocidad de un eventual contagio de ese número de personas sería sensiblemente menor y, por ende, más favorable la expectativa de una atención médica eficiente; el imputado tendría las mismas oportunidades de atención médica que cualquier otro ciudadana, y las cárceles tendrían menos población y, por ende, el índice de contagio será inferior entre personas que, en principio, no requerirían atención médica urgente", marca en el fallo del TOF5.
Mientras que de lado de la denuncia del diputado nacional, resalta que "los hechos relatados a mi juicio ponen en evidencia que los integrantes del TOF 5 de San Martín han decidido utilizar la función judicial que le fuera confiada para trascender como actores de una resolución de alto impacto político-mediático, y a todas luces arbitraria-.Se pone en evidencia que, el proceder impropio de los jueces de la Nación del TOF 5 de San Martín, constituye un supuesto de mal desempeño en los términos del artículo 53 de la Constitución Nacional que torna procedente su remoción del cargo de magistrado".