El Gobierno nacional oficializó este viernes, con tres decisiones administrativas publicadas en el Boletín Oficial, la reanudación de algunas actividades, como la construcción privada y las llamadas "profesiones liberales" en algunas provincias.
La construcción privada
A través de la Decisión Administrativa 625/2020 del a Jefatura de Gabinete, se autorizó la reanudación de las obras de construcción en el ámbito privado en las provincias de San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, Mendoza, La Pampa y Jujuy, cuyos gobernadores debieron presentar un protocolo sanitario que se tendrá que respetar estrictamente para la prestación de esa actividad evitando la propagación de la enfermedad.
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"En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus", aclara la norma en su artículo 2 .
Además, precisa que "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente".
Resalta también que "las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".
Profesiones "liberales"
En tanto, a través de la decisión administrativa 622, el Gobierno resolvió permitir la actividad de las "profesiones liberales" (abogados, contadores) en las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy, que quedarán exceptuadas en ese aspecto del aislamiento social obligatorio.
Profesiones liberales en En... by Via País on Scribd
El Gobierno aclaró que los desplazamientos de quienes se desempeñen en esas actividades "deberán limitarse al estricto cumplimiento" de esas funciones, por lo que "los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones".
Tras aclarar que "los profesionales alcanzados por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19", la decisión administrativa indica que la flexibilización de esas actividades "podrá ser dejada sin efecto por cada gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia".
Tucumán, con excepciones propias
Finalmente, a través de la Decisión Administrativa 607/2020 de la Jefatura de Gabinete, se autoriza además, a partir de hoy, la reanudación parcial de actividades en la provincia de Tucumán, como atención médica y odontológica, producción industrial específica y comercialización en línea, actividades que ya funcionaban en el resto del país.
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Mediante la norma, se autoriza el funcionamiento de "establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas y actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas":
También la "venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística", pero se aclara que "en ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público".
Asimismo, en Tucumán podrá funcionar la "atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo y ópticas, con sistema de turno previo", entre otras actividades.