El alcance de los nuevos límites para comprar dólares

Guido Sandleris, presidente del Banco Central, dio detalles de las restricciones cambiarias anunciadas tras la derrota del oficialismo en las elecciones presidenciales.

El alcance de los nuevos límites para comprar dólares
Compra en dolares\u002E

El presidente del Banco Central, Guido Sandleris, salió este lunes a detallar el alcance de los nuevos controles cambiarios que se aplicaron para tratar de evitar cualquier nueva disparada del dólar en medio de la transición que deberán coordinar el presidente Mauricio Macri y su sucesor Alberto Fernández.

Tal como se anunció anoche, poco después de que se confirme la victoria del Frente de Todos en las elecciones presidenciales, el Banco Central estableció que el nuevo límite mensual será de 200 dólares para los pequeños ahorristas que accedan a la moneda extranjera mediante operaciones con sus cuentas bancarias, y de 100 dólares para aquellos que lo hagan mediante efectivo.

REUTERS/Ricardo Moraes
REUTERS/Ricardo Moraes

Se trata de una nueva fase que dejó atrás el anterior tope de 10.000 dólares mensuales y que se puso en marcha en septiembre pasado, a partir del cimbronazo financiero que catapultó al dólar luego de las elecciones primarias.

El objetivo primordial de las nuevas medidas del Central es restringir las compras de los pequeños jugadores del mercado porque para las empresas y bancos rige la prohibición para acceder a dólares para el atesoramiento.

“En el final de la semana pasada se aceleró la caída de las reservas, asociada principalmente a un aumento de la demanda por parte de las personas y creíamos que existía el riesgo de que esto continuara esta semana, y por eso tomamos esta medida”, justificó el titular de la autoridad monetaria.

Sandleris explicó este lunes que los nuevos controles no afectarán a quienes tengan que acceder a esa moneda para cubrir gastos por turismo y aquellos pagos en moneda extranjera que se realicen mediante tarjeta de crédito.

“Nosotros no introducimos restricciones a lo que es la cuenta corriente, es decir, a todo lo que es el pago de importaciones o el turismo. Eso se mantiene sin cambios”, aclaró el titular de la autoridad monetaria.

Al respecto, Sandleris remarcó: "No hay restricciones en todo lo que es viajes y en lo que hace a las extracciones que se hacen en el exterior cuentan como si fuera una extracción acá, contra el límite que hemos establecido".

Y sobre las adquisiciones que se realicen mediante el pago en efectivo en mostradores de bancos y casas de cambio, se reiteró que los compradores deberán constatar su identidad presentando el DNI y que luego habrá un trabajo del Central en conjunto con la AFIP para "verificar que las compras que se realicen sean consistentes con los ingresos de los individuos".

Por lo pronto, las medidas anunciadas son transitorias y se extenderán hasta diciembre próximo, cuando asumirá el gobierno que encabezará el presidente electo Alberto Fernández.

La disposición se formalizó este lunes, mediante la comunicación 6815 que se publicó en el Boletín Oficial.

Ese texto detalla que los no residentes también se verán afectados por las restricciones, aunque se excluirá a "organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación; a representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones; a representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones”.

Resolución del Banco Central sobre el nuevo cepo al dólar by Via País on Scribd

Los nuevos controles tampoco afectarán “las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado”.