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Vía País / Legislación y justicia

La ANMAT prohibió un endulzante y una leche en polvo

Así lo informó en la disposición 7456 publicada este martes en el Boletín Oficial.

La ANMAT prohibió un endulzante y una leche en polvo
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17 de septiembre de 2019, 06:10
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la comercialización de dos productos alimenticios. Se trata de una leche entera en polvo (180 gramos) marca "Alimentos Fundación Favaloro" y un endulzante de mesa apto para cocinar marca "Jual Stevia".

La disposición 7456 publicada en el Boletín Oficial prohibió la comercialización de la leche entera en polvo fortificada con Vitamina A y D, libre de gluten de 180 gr, Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 21-112511, marca "Alimentos Fundación Favaloro" y elaborada por la Sociedad Cooperativa de Tamberos de la Zona de Rosario Limitada en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) 21-005144. Es luego de que la Agencia Santafecina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) alertó que este producto no cumplía la normativa alimentaria vigente.

Disposición 7456, Boletín Oficial by Via País on Scribd

Según la ANMAT, se corroboró que "si bien el RNPA es existente y corresponde al RNE referido como una elaboración para Expoconsumo SRL, el producto se encontraba dado de baja desde el 19 de abril de este año".

Además, la supuesta empresa que elabora el producto, Sociedad Coperativa de Tambos de la Zona de Rosario, no lo elabora desde comienzos del año pasado y desde entonces no tiene relación con Expoconsumos SRL.

En cuanto al endulzante, la ANMAT dispuso la prohibición del "endulzante de mesa apto para cocinar, libre de gluten, marca 'Jual Stevia', RNPA Expte. N° 4119-007527/18, Elaborado por Botánica SA, comercializado por Natural y Orgánico SRL – RNE N° 02-031766", por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

El lugar donde se elabora no tenía autorización para trabajar con alimentos libre de gluten, tal como quedó en evidencia durante una inspección de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba.

Por lo tanto, la ANMAT prohibió la comercialización, transporte, exposición, fraccionamiento, con el correspondiente decomiso y destino final de este producto.

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