Para poner fin a los certificados truchos: Buscan crear un marco normativo para la confección de sellos

La bancada de la UCR-Cambiemos presentó un proyecto que busca establecer un régimen para arbitrar la confección de sellos de goma o caucho, destinados al uso identificatorio de la idoneidad de una persona

Legisladores del bloque de la UCR – Cambiemos ingresaron el asunto Nº 358/18, Régimen de confección de sellos de goma. El proyecto, girado a la Comisión de Legislación General (1), busca establecer un régimen para arbitrar los mecanismos a aplicar en la confección de sellos de goma, caucho o cualquier material, destinados al uso identificatorio de la idoneidad de una persona.

En los fundamentos, los Parlamentarios estiman que, "en los últimos años han trascendido una serie de delitos en torno al ejercicio ilegal de profesiones, a la falsificación de títulos, de documentación pública en las cuales podemos detectar el uso deliberado de sellos que manifiestan una calidad profesional que no se posee en la realidad, alterando el orden público en perjuicio de los ciudadanos".

El escrito presentado por la bancada radical, sostiene que "el estampado de sellos es una impresión producida por un dispositivo mecánico, en un utensilio de caucho o goma, comúnmente utilizado para identificación de datos personales, comerciales o profesionales, de carácter público o privado. Cualquier interesado puede encargar la fabricación de un sello con estas características mediante un simple trámite, ya sea concurriendo a proveedor de productos de librería, imprenta o afines, manifestando los datos que desea estampar en el mismo".

Por último, justifican la presentación y remarcan que "es de suma importancia, regular el uso de este tipo de mecanismos, sobre todo atendiendo a que se corresponda la calidad profesional de la persona que lo solicita con el extremo invocado a ser incorporado en tal objeto. En el entendimiento que el ejercicio de las profesiones en su gran mayoría está regulado por los Colegios Públicos Profesionales, quienes ostentan la facultad de otorgar matrícula habilitante, es que debe darse la participación a dichas entidades como organismos autorizados en el control de las emisiones de sellos profesionales, autorizando las debidas acreditaciones que se requieran".