Corredor del Beagle: para el juez Vidal "no hubo daño ambiental"

Así lo dictaminó el fallo emitido por el Juez de instrucción de Ushuaia, quien desestimó la denuncia realizada por la asociación ambientalista Manekenk.

Corredor del Beagle.
Corredor del Beagle.

La justicia de Tierra del Fuego desestimó la existencia de daño al ambiente y al patrimonio arqueológico en la construcción de una ruta de 132 kilómetros que recorrerá la costa del Canal Beagle desde la ciudad de Ushuaia hacia el sector oriental de la isla, informaron hoy fuentes judiciales.

Corredor Canal Beagle
Corredor Canal Beagle

La definición se produjo en la causa iniciada en noviembre del año pasado por la asociación ambientalista Mane'Kenk, que denunció presuntas omisiones en la información sobre los yacimientos y sitios arqueológicos de la zona, entre otras supuestas irregularidades.

La entidad acusó al ex ministro jefe de Gabinete, Leonardo Gorbacz, al ex ministro de Obras y Servicios Públicos Luis Vázquez y al ex secretario de Cultura Gonzalo Zamora, de haber suscripto el estudio de impacto ambiental y arqueológico de la obra "omitiendo deliberadamente la información faltante".

Ex ministro de Obras y Servicios Públicos, Luis Vazquez.
Ex ministro de Obras y Servicios Públicos, Luis Vazquez.

Incluso el fiscal Fernando Ballester emitió en diciembre de 2019 un "requerimiento de instrucción" en el que imputó a los ex funcionarios de los delitos de "daño agravado" y "daño al patrimonio arqueológico".

Ex ministro jefe de Gabinete, Leonardo Gorbacz.
Ex ministro jefe de Gabinete, Leonardo Gorbacz.

Sin embargo, el juez de instrucción Nº3 de Ushuaia, Federico Vidal, desestimó la denuncia por "inexistencia de delito" en una resolución de 14 carillas a la que accedió Télam.

Ex secretario de Cultura, Gonzalo Zamora.
Ex secretario de Cultura, Gonzalo Zamora.

El fallo, que todavía puede ser apelado, sostiene que "las autoridades cumplieron" con los recaudos legales y aseguraron la protección del ambiente.

El magistrado describió en su pronunciamiento todo el proceso de contratación de empresas realizado por el gobierno provincial para llevar a cabo la obra, y remarcó que las tareas de "prospección, remoción y excavación de yacimientos arqueológicos, lejos están de haberse efectuado de forma ilegal, ya que fueron llevadas adelante por los expertos arqueólogos de las empresas contratadas por el Estado con arreglo a los procedimientos administrativos establecidos y a la normativa aplicable en la materia".

En la resolución, Vidal consideró que la entidad denunciante no contaba con toda la información respaldatoria en el momento de la presentación, y que a partir de ello "infirió" conductas no verificadas, en una postura que "la jurisprudencia ha dado en llamar de exploración a la pesca".

Juez de instrucción, Federico Vidal.
Juez de instrucción, Federico Vidal.

En definitiva, el juez dio por probado que el estudio de impacto ambiental efectuado por la empresa Arqueoambiental (contratada para ello) "no consignó un número inferior de sitios arqueológicos al que la conocida evidencia científica indicaba sino que, por el contrario, determinó la existencia de un número superior a él en ciento cinco (105) hallazgos adicionales".

"No se vislumbra que el estudio se haya efectuado en forma 'deficitaria', como fuera invocado sin mayores precisiones por la denunciante, sino que, por el contrario, se confeccionó en aplicación de una metodología de trabajo determinada, a partir de lo cual se arribó a las conclusiones y recomendaciones allí consignadas, desconocidas por la peticionante", concluyó el magistrado en la resolución judicial.