La Cámara en lo Contencioso administrativo de la II Nominación de esta capital hizo lugar a la medida cautelar en el juicio FODECUS Asociación Civil (Frente de Organizaciones en Defensa de los Consumidores y Usuarios) contra la Municipalidad de San Miguel de Tucumán sobre el amparo colectivo contra el estacionamiento medido en calles de esta ciudad, solicitada por esa entidad, los “cuidacoches” o “trapitos” y el Defensor del Pueblo que, por su parte, pidió una declaración de certeza.
En el fallo de la doctora María Felicita Masaguer “ordena a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y a Tecno Agro Vial UTE, se abstengan del cobro del servicio, imposición de multas, remoción o acarreo de vehículos o cualquier otra actividad que pudiera devenir de la aplicación del decreto municipal n° 4711/SG/2021, de fecha 28 de julio de 2021″.
Cabe señalar que en los considerandos se indica que, por el citado decreto, “se autorizó -por medio de contratación directa- la adjudicación a Tecno Agro Vial UTE de la concesión del “estacionamiento medido”. Agrega que los peticionantes solicitaron “la nulidad del contrato de concesión efectuado con Tecno Agro Vial UTE y requieren -supletoriamente- la nulidad e inconstitucionalidad de la Ordenanza n°4758, conjuntamente con la nulidad e invalidez de sus anexos y derivados: contratación directa y contrato de concesión”.
El pasado 31 de agosto, ya la misma magistrada Masaguer había ordenado la suspensión del cobro del estacionamiento medido hasta tanto se sustanciara esta medida cautelar. En el día de hoy, en medios locales, los cuidacoches, con la firma de la abogada Ingrid Lausberg, publicaron una nota comparando que en el sistema de estacionamiento pago “el intendente de Concepción Roberto Sánchez obtuvo un 75 por ciento de ganancias para su municipio” y en la Capital solo un 15 por ciento.