Plan de pagos de Rentas: quiénes pueden adherirse y hasta cuándo
El organismo detalló las condiciones para ingresar al régimen durante junio y los canales de atención disponibles.


El plan permite cancelar obligaciones tributarias con vencimiento hasta el 31 de marzo de 2026 e incluye beneficios sobre intereses, además de la posibilidad de financiar el pago en cuotas.
Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente de la Dirección General de Rentas, explicó que el régimen tiene un alcance amplio, ya que permite incorporar deudas por capital, recargos, multas e intereses. También pueden incluirse obligaciones que se encuentren en instancia judicial. En esos casos, los contribuyentes acceden a una reducción del 50 % en los honorarios de los apoderados fiscales del organismo y pueden financiar ese pago en hasta 12 cuotas.
El beneficio varía según la modalidad elegida. Para quienes cancelen de contado, la reducción será del 50 % sobre los intereses. En los planes cuyos vencimientos operen hasta diciembre de 2026, es decir, en hasta seis cuotas, la quita será del 40 %. Para financiaciones con vencimientos posteriores a diciembre de 2026, el descuento aplicable será del 30 %.
Para adherirse durante junio, los contribuyentes deberán tener canceladas las obligaciones vencidas desde el 1 de abril de 2026 y las que vencen hasta este mes. En el caso de los impuestos inmobiliario y automotor, esto corresponde a las cuotas de abril, mayo y junio.
Los tributos corrientes pueden abonarse a través del sitio web de Rentas, con tarjetas de débito y crédito de entidades bancarias habilitadas. Desde el organismo recordaron que todos los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios ni gestores.