Caso Alperovich: los puntos salientes de la audiencia de hoy

Las investigaciones en Tucumán y en Buenos Aires. El rol de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Un análisis de la penalista y docente Marilina Luz Olimecha.

Fuero Penal, San Miguel de Tucumán.
Fuero Penal, San Miguel de Tucumán.

"El resultado del fallo de la Cámara de Apelaciones de la Provincia de Tucumán que trajo tranquilidad a la sociedad de Tucumán". Es lo que sostiene la docente de Derecho Penal de la UNT y penalista, doctora Marilina Luz Olimecha, al analizar para Vía Tucumán, la resolución del recurso de apelación interpuesto por la defensa del senador José Jorge Alperovich, en el tema de la competencia para entender los delitos denunciados.

Indicó que “este procedimiento se hizo con la presencia de la supuesta víctima, quien estaba en un compartimento oculto de la sala y veía el desarrollo de la audiencia por una Cámara”.

Cabe señalar que se resolvió que la justicia tucumana debe avocarse a instruir los hechos denunciados cometidos en Tucumán y los hechos denunciados como cometidos en territorio porteño será la justicia nacional la que deba investigar e instruir. Todo ello hasta tanto la Corte suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión competencial.

Dra. Marilina Luz Olimecha.
Dra. Marilina Luz Olimecha.
Análisis de la audiencia

Explicó que la “defensa de Alperovich, por razón de mejor administración de justicia, el domicilio real de las partes y, por la garantía Constitucional del juez natural, sostiene su apelación y que se revoque la sentencia del Juez de Instrucción de la II Nominación, Facundo Maggio”.

Luego dice que la exposición del Ministerio Público Fiscal, estuvo representado por el fiscal de Cámara doctor Carlos Sale. Precisa que "primeramente se opuso a que la audiencia sea pública, lo cual le fue denegado por el camarista Enrique Pediccone. Enfatiza en que debe ser declarado competente la justicia porteña".

Al comentar sobre la posición del representante de la denunciante, explica que “más que referirse en qué tribunal debe ser tramitada la denuncia, hizo hincapié que en Tucumán la causa no había avanzado y que la Cámara, en este acto, debía resolver sobre la competencia y darle impuso a la causa”.

La resolución

Con relación a la resolución de la Cámara de Apelación la doctora Olimecha dijo que expresó lo siguiente:

  1. Que no puede resolver ella (la Cámara de Apelaciones de Tucumán) la cuestión de la competencia. Que le corresponde a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como órgano supremo resolver sobre la competencia. Es decir que en caso de que decida la Corte la unificación de las causas, es ella la que debe decidir qué tribunal es competente.
  2. Que el fallo de la Cámara de Apelaciones, Sala 6, del Doctor Mariano Gonzales Palazzo, donde resuelve la unificación y se arroga la competencia, es ilegal por contradecir principios constitucionales: Ley 48 y su decreto reglamentario.
  3. Atento el estado de la causa y que teniendo en cuenta que toda cuestión de competencia, no debe suspender los plazos procesales y los actos realizados por cualquiera de las dos jurisdicciones, no deben ser declarados nulos. (Fundamenta este punto en: que la causa así como estaba siendo manejada peligraba de ser declarada nula). Y atento a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación es la que debe declarar sobre la competencia, hasta tanto esto suceda todos los actos propios de instrucción, como aseguramiento de la prueba, pericias testimoniales y demás son válidos.
  4. En base a lo precedentemente expuesto la justicia tucumana, en esta caso, representada por el Juez de Instrucción N°2 Facundo Maggio, debe avocarse a instruir los hechos denunciados cometidos en Tucumán y los hechos denunciados como cometidos en territorio porteño, será la justicia nacional la que deba investigar e instruir. Todo ello hasta tanto la Corte suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión competencial.
  5. Así mismo ordenó al juez Facundo Maggio, a que en el término de 72 horas traiga a su juzgado las actuaciones principales que el mismo Maggio remitió a su par porteño.
  6. Ordenó que se forme el incidente que será elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a los fines del tratamiento de la cuestión competencial
  7. Puso mucho énfasis en que la discusión sobre la competencia no debe suspender los plazos, así que ordenó al juez Maggio, que en forma inmediata, investigue los hechos que se denunciaron cometidos en esta provincia, con la mayor rapidez y eficacia posible.
  8. Ordenó también que se notifique al Juez Osvaldo Rappa de este fallo.

Entonces será la justicia tucumana la que deba investigar los hechos cometidos en esta provincia.