Nuevas restricciones para Tres Arroyos en Fase 2

A continuación detallamos las nuevas medidas impuestas por la Municipalidad de Tres Arroyos tras la decisión provincial de caer a Fase 2 .

Nuevas restricciones para Tres Arroyos en Fase 2
12 de mayo de 2021, 14:45

A través de lo dispuesto por la Provincia de Buenos Aires y publicado en la mañana de este miércoles en el Boletín Oficial, la ciudad de Tres Arroyos permanecerá en Fase 2 por los próximos 14 días, plazo que se extenderá si la situación epidemiológica y sanitaria así lo requiere.

Estas nuevas medidas entrarán en vigencia a partir de las 00 horas del día viernes salvo para el sector educativo cuyas clases presenciales será suspendidas desde el día lunes 17 de mayo.

ESTAN PERMITIDAS LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

  • -Eventos religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima de 20 personas.
  • -Actividades en RESTAURANTES y BARES, incluyen PIZZERÍAS y ROTISERÍAS con atención en el EXTERIOR de cada local, hasta las 19.00 horas, pudiendo permanecer los servicios de DELIVERY –debidamente identificados- hasta las 23.00 horas.
  • -Actividades en COMERCIOS –DESPENSAS, PANADERÍAS, ALMACENES, FÁBRICAS de PASTAS- desde las 06.00 horas y hasta las 20.00 horas.
  • -Actividades en COMERCIOS en GENERAL –incluidos SUPERMERCADOS – desde las 06.00 horas hasta las 19.00 horas.
  • -La LIBRE CIRCULACIÓN de PERSONAS y ACTIVIDADES NO ESENCIALES desde las 06.00 horas y hasta las 20.00 horas.

QUEDARÁN RESTRINGIDAS:

  • -Las competencias oficiales regionales y provinciales, de deportes en lugares cerrados y/o en espacios al aire libre.
  • -Talleres culturales de hasta 20 personas al aire libre o en espacios cerrados.
  • -Jardines maternales y centros de atención de desarrollo infantil. A partir del día lunes 17 del cte. mes.
  • -Clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial. A partir del día lunes 17 del cte. mes
  • -Artes escénicas y musicales (con o sin asistencia de espectadores)
  • -Museos
  • -Prácticas de deportes en lugares cerrados
  • -Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilación natural
  • -Actividades sociales y familiares hasta 20 personas en espacios públicos al aire libre
  • -Salas y complejos cinematográficos
  • -Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas
  • -Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilación natural.
  • -Natatorios en espacios cerrados
  • -Actividades en casinos y bingos
  • -Bibliotecas
  • -Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados
  • -Actividades y prácticas colectivas deportivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural
  • -Discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines
  • -Viajes grupales de egresados, de jubilados, de estudio, de competencias deportivas no oficiales, de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.