Tras varias denuncias recibidas contra empleados de comercio del rubro alimenticio que trabajan sin barbijo personal, la Dirección Bromatología y Zoonosis, dependiente de la Secretaría de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Tres Arroyos, recuerda que el uso del barbijo sigue siendo obligatorio.
Se encuentra reglamentado por Decreto Municipal Nº 1374/2020 y se hace hincapié en recalcar que tanto los operarios como los clientes deben contar con el barbijo colocado en todo momento.
En caso de incumplimiento, los inspectores labrarán un Acta de Constatación que ocasionará el pago de una multa.
¿Cuáles son las medidas higiénicas vigentes para los comercios alimenticios?
- Todo alimento expuesto a la venta debe estar en exhibidor cerrado con vidrio o, en su defecto, completamente tapado con papel film.
- La persona que manipula los alimentos no debe manejar el dinero. Si el comercio fuera unipersonal, deberá lavarse las manos o higienizarse debidamente con alcohol luego de cada cobranza.
- Los comercios deben estar debidamente ventilados, y permitir acceso de público según el aforo permitido.
- Desinfectar las superficies, picaportes, mesas, sillas, cintas transportadoras, teclados, balanzas, pinzas, bandejas y todo elementos utilizado para atención al cliente, periódicamente con alcohol al 70 %.
- Operarios -sean empleados o propietario del comercio- deben contar con uso de barbijo correctamente colocado. Y serán responsables de exigir el uso de barbijo a los clientes que ingresen a su local.
Vale recordar que la pandemia no concluyó y la prevención la cuidamos entre todos.