Se encuentra abierta hasta el viernes 23 de octubre inclusive, la convocatoria para presentar proyectos en el marco del Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística, asi lo informó La Municipalidad de Tres Arroyos, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología, la Dirección de Turismo y la Dirección de Cultura y Educación.
El beneficio consiste en un aporte no reintegrable que será destinado a proyectos de establecimientos culturales y turísticos para afrontar gastos de acondicionamiento de los locales y espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios correspondientes a las actividades turísticas y culturales y gastos asociados a la reapertura de las actividades (adquisición de insumos, materiales, equipamiento y mantenimiento de los locales).
Podrán presentar sus proyectos aquellos establecimientos que se hayan inscripto hasta el día 07 de septiembre de 2020 en el "Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia Buenos Aires" y que cumplan con los requisitos detallados en las Bases y Condiciones del Programa.
Los proyectos serán recibidos en las siguientes áreas según corresponda en el horario de 08 a 14 horas:
- Dirección de Turismo – Brandsen N° 181
- Dirección de Cultura y Educación – Av. Ituzaingó N° 300
Para mayor información contactarse con la Dirección de Turismo (2983) 458996 - tresarroyosturismo@gmail.com y la Dirección de Cultura y Educación (2983) 425513 - cultura@tresarroyos.gov.ar
BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA
1. OBJETO
El "Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística" tiene como principal objetivo contribuir financieramente a las actividades culturales y turísticas más afectadas por el COVID-19 a través de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
A tal fin, el Reglamento Operativo del Programa establece que los Municipios beneficiados deben establecer los mecanismos que consideren procedentes para la selección de los proyectos y destinatarios de los fondos.
En este sentido, y a través del trabajo conjunto y articulado entre la Secretaría de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología, la Dirección de Turismo y la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Tres Arroyos se han establecido las siguientes pautas para la admisión y evaluación de los proyectos:
2. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN FORMAL DEL PROYECTO:
Para todos los establecimientos interesados:
- - Haberse inscripto hasta el día 07 de septiembre de 2020 en el “Catálogo de EstablecimientosTurísticos y Culturales de la Provincia Buenos Aires”.
Establecimientos turísticos:
- Poseer habilitación municipal (solo para establecimientos categorizados como turismo gastronómico y servicios de alojamiento)
- Contar con constancia de inscripción en AFIP vigente (monotributo, monotributo social,responsable inscripto)
3. CONDICIONES OTORGAMIENTO
Convocatoria: única Modalidad: Aporte No Reintegrable
4. DESTINO DE LOS FONDOS
- gastos asociados a la reapertura de las actividades:
- Adquisición de insumos
- Adquisición de materiales
- Adquisición de equipamiento Mantenimiento de los locales
5. PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Los proyectos serán admitidos hasta el día viernes 23 de octubre; y deberán ser presentados en una de las siguientes áreas según corresponda el objeto del proyecto en cuestión, en el horario de 08 a 14 horas:
- Dirección de Turismo – Brandsen N° 181 (2983) 458996 - tresarroyosturismo@gmail.com
- Dirección de Cultura y Educación – Av. Ituzaingó N° 300 - (2983) 425513 -cultura@tresarroyos.gov.ar
6. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Fotocopia de DNI del solicitante / Presidente de la entidad
- Acta de Asamblea con designación de autoridades vigentes (para Personas Jurídicas)
- Nota con la composición de la Comisión Directiva vigente (para entidades sin personería jurídica en los casos que corresponda)
- Constancia de inscripción en AFIP en los casos que corresponda
- Presupuestos: los mismos deberán presentarse en hoja membretada con los datos completos del proveedor y del Solicitante, el detalle y el valor de los bienes o insumos a adquirir y su fecha de emisión no deberá superar los 10 días de antigüedad.
- Habilitaciones: certificados de habilitación municipal en los casos que corresponda.
- Documentación optativa:
- Otra documentación: a requerimiento del Programa en caso de ser necesario.
7. GASTOS E INVERSIONES NO ELEGIBLES
- Productos para la reventa.
- Recursos humanos propios del establecimiento.
- Cancelación de deudas existentes.
- Inversiones que el Programa considere no imprescindibles para alcanzar los objetivos delproyecto, o no acordes con la finalidad del Fondo.
- Cualquier inversión realizada con fecha anterior a la monetización del aporte.
8. METODOLOGÍA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Podrán ser aprobados aquellos proyectos presentados por emprendedores que cumplan con las siguientes condiciones:
Que cumplan con todos los requisitos establecidos en los puntos anteriores.
Que los proyectos presentados coincidan con los objetivos estipulados en la reglamentación del Fondo.
Que los proyectos tengan impacto positivo para el establecimiento y la comunidad en relación a la aplicación de los protocolos sanitarios vigentes.
La selección de los proyectos será llevada a cabo por una Mesa de Evaluación compuesta por:
- Secretario de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología
- Director de Turismo
- Directora de Cultura y Educación
- Dos (2) técnicos de la Secretaría de Desarrollo Económico, Ciencia y Tecnología
- Un (1) técnico de la Dirección de Turismo
- Un (1) técnico de la Dirección de Cultura y Educación.
9. RESERVAS del programa
I. Solamente podrán ser objeto de evaluación los proyectos que cumplan con las condiciones de admisión y hayan presentado la totalidad de la documentación detallada en el punto 6 de las Bases yCondiciones, requisitos que constituyen la única forma válida de participar en esta convocatoria.
II. Cualquier incumplimiento en las condiciones establecidas por el presente documento, así como también la omisión o falseamiento de los datos consignados darán lugar a la desestimación del proyecto presentado de forma irrecurrible, en cualquiera de las instancias de la Convocatoria.
III. La Municipalidad podrá realizar visitas a los establecimientos en forma posterior al otorgamiento de los fondos, con el objetivo de conocer su evolución y realizar un acompañamiento a losbeneficiarios.
10. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
I. El Beneficiario deberá invertir el dinero exclusivamente en aquellos bienes o servicios aprobados por la Mesa Evaluadora y explicitados en el Acta de entrega de los fondos.
II. El Beneficiario deberá utilizar los recursos, bienes o servicios subsidiados por el Programa exclusivamente para la ejecución de las acciones previstas en el proyecto.
III. Transcurridos diez (10) días corridos desde la monetización del subsidio, el Beneficiario deberá entregar un original o copia certificada del/los comprobante/s que respalda/n la operación (factura/s o recibo/s). El/los mismo/s deberá/n cubrir el monto total del importe otorgado, estar emitido/s de acuerdo a las normas establecidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a nombre del Beneficiario y con fecha posterior a la entrega del subsidio.
11. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
La participación en la Convocatoria implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones, así como de las decisiones que adopte la Municipalidad respecto de cualquier cuestión que ocurriere y no se encuentre prevista en dicha operatoria.