Frente a irregularidades en la difusión de venta de lotes en la ciudad, desde la Dirección de Tierras Fiscales dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano se recuerdan las disposiciones de la Ordenanza Municipal 392/14 del Código de Ordenamiento Territorial respecto a la publicidad que indican que el interesado deberá hacer constar en forma clara la identificación del expediente respectivo, el estado del mismo (etapa de trámite) y el área de zonificación urbana al que pertenece. La publicidad deberá ajustarse en todos los casos a la realidad de la urbanización que se trate y no podrán anunciarse obras que no se hallen debidamente aprobadas'.
Así mismo, se detalla que en caso de incumplimiento, la Municipalidad deberá inmediatamente proceder a dar amplia difusión al hecho de la inexistencia de aprobación Municipal del loteo en cuestión y que en tales condiciones el vendedor no podrá escriturar los lotes que se ofrecen en venta. Al propietario del loteo y a la empresa o persona que lo realice o promocione se les impondrá una multa de conformidad a lo estipulado por la correspondiente Ordenanza Municipal'.
Para evitar confusiones, antes de comprar un lote, el Municipio recomienda asesorarse vía email a tierrasfiscales@hotmail.com