El departamento Capital, que incluye a Santa Rosa, fue declarado de Alto Riesgo Epidemiológico

La calificación del Ministerio de Salud de la Nación implica mayores restricciones hasta el 30 de abril.

El departamento Capital, que incluye a Santa Rosa, fue declarado de Alto Riesgo Epidemiológico
Imponen mayores restricciones en Santa Rosa (El Norte en Movimiento)

En función de la actualización del estatus sanitario de distritos y departamentos por parte del Ministerio de Salud de la Nación, se dio a conocer que en La Pampa el departamento Capital ha sido calificado de Alto Riesgo Epidemiológico, lo que supone la imposición de restricciones complementarias a las ya vigentes.

Las medidas, con vigencia hasta el 30 de abril y que no incluyen a la ciudad de Toay, prácticamente unida a Santa Rosa, imponen la suspensión de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados, y las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de veinte personas.

También restringe la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes. Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales que se lleven a cabo con esas limitaciones podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales o provinciales, según corresponda.

Restringen las actividades deportivas en lugares cerrados con mas de diez personas
Restringen las actividades deportivas en lugares cerrados con mas de diez personas

Se suspenden las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas, y los locales gastronómicos como restaurantes y bares, deberán cerrar entre las 23 horas y las 6 del día siguiente, franja horaria que ya se encuentra vigente.

Para la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, para cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines, para bares, restaurantes y gimnasios, el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas se reduce a un máximo del 30% del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas en los correspondientes protocolos.