Aguas Santafesinas prorrogó la vigencia de los subsidios por casos sociales

Esta excepción especial comprendió más de 600 casos en marzo y abril, previéndose que la misma instancia se repita mes a mes

Comenzó a implementarse la factura digital de Aguas Santafesinas.
Comenzó a implementarse la factura digital de Aguas Santafesinas.

Aguas Santafesinas informó que se prorrogó la vigencia de los denominados casos sociales (facturas de servicios sanitarios que cuentan con un subsidio provincial) y cuyo vencimiento del beneficio se había producido dentro de la cuarentena por coronavirus vigente desde marzo.

El Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat de Santa Fe resolvió otorgar una prórroga excepcional por tres bimestres de los vencimientos de casos sociales cuyas vigencias finalizaban el 31/03/2020 (para Rosario) y 30/04/2020 (para los otros 14 distritos de Aguas).

Esta prórroga especial comprendió más de 600 casos en marzo y abril, previéndose que la misma instancia se repita mes a mes, mientras esté vigente el período de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio establecido por la provincia de Santa Fe.

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Actualmente existen más de 2.700 usuarios de Aguas que son beneficiarios del régimen de Casos Sociales. Las solicitudes correspondientes se reciben en las ciudades de Santa Fe y Rosario en los centros de atención de Aguas Santafesinas, reservando turno previamente a través de aguassantafesinas.com.ar/portal/turnos/ En las otras ciudades a cargo de Aguas, las solicitudes son recibidas por los municipios.

La documentación a presentar para acceder a este beneficio es la siguiente: formulario de acogimiento (se completa en Aguas), copia del boleto de compraventa del inmueble (si corresponde); copia del título de propiedad (si corresponde); fotocopia de documentos del grupo conviviente; fotocopia del último impuesto inmobiliario, tasa, agua y últimos tres bimestres de luz, teléfono, gas natural y TV por cable; recibo jubilación/pensión y certificado de discapacidad (si corresponde).

Cabe destacar que el subsidio no comprende, ni exime del pago de la deuda atrasada con Aguas que pueda existir por períodos anteriores.