Según lo establecido por la Secretaría de Defensa del Consumidor, todos los colegios privados deberán informar el valor de la inscripción o reinscripción y de las cuotas que cobrarán durante el ciclo lectivo de 2.020. Y según resolución del gobierno, tienen plazo para informar hasta el 31 de octubre.
De acuerdo a la normativa, las instituciones deberán informar el valor de las cuotas por escrito a los padres o responsables de los alumnos. Esta disposición es acorde a la ley que obliga a los proveedores a suministrar de manera cierta, clara y detallada las características de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización.
La resolución es de cumplimiento obligatorio en toda la provincia de Salta y quienes no la respeten podrán recibir las sanciones dispuestas por la ley de Defensa del Consumidor. La información que se entregue a los padres deberá consignar lo siguiente:
- Importe de la matrícula de inscripción o reinscripción en el caso que la hubiese y condiciones de reintegro de la misma en el caso de desistir.
- Cantidad de cuotas totales por servicios educativos que se percibirán únicamente durante el año lectivo, con discriminación de conceptos.
- Monto de cada una de las cuotas, que serán mensuales, iguales y consecutivas.
- Forma y plazo de pago y determinación de los recargos a aplicar en caso de mora.