Este martes, la fiscal penal de Delitos contra la Integridad Sexual, Cecilia Flores Toranzos, apeló la resolución emitida por la jueza María Edith Rodríguez, quien hizo lugar a un pedido de la defensa de Lautaro Teruel y el grupo musical Los Nocheros, de prohibir a los medios de comunicación locales y nacionales de vincular el caso de abuso sexual con la banda, y publicar información del caso.
A su vez, el fallo ordena a los medio borrar toda nota, imagen, o comentario que haga este vínculo entre el Teruel, que se encuentra acusado de abuso sexual, y la banda, de la cual forman parte familiares directos del acusado.
Flores Toranzos considera que la medida adoptada por la jueza atenta contra la libertad de prensa: "se avanza sobre derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales como base del sistema democrático de gobierno, como así también desconoce el ordenamiento procesal vigente y la obligación de los órganos del Estado de informar a la ciudadanía sobre una causa de interés público atento el contexto de violencia de género en el que se produjeron los hechos".
Y agregó que, "so pretexto de proteger la presunción de inocencia de la que goza el imputado Lautaro Teruel e incluso los derechos de la víctima, se avanza sobre la libertad de prensa en pos de la protección de derechos de terceros, los integrantes del Grupo Los Nocheros, quienes son ajenos a la presente causa y, por ende, el análisis respecto a la posible afectación a sus derechos debió serlo por fuera de estas actuaciones penales".
La fiscal dijo que tal y como sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la libertad de expresión e información es fundamental en una sociedad democrática.
En su apelación, Flores Toranzos citó la jurisprudencia del organismo, que ha caracterizado la libertad de pensamiento y de expresión como un derecho con dos dimensiones: una individual, y otra colectiva o social, consistente en el derecho de la sociedad a procurar y recibir cualquier información, a conocer los pensamientos, ideas e informaciones ajenos y a estar bien informada ; y dijo que a partir de ello, el eventual abuso de la libertad de expresión "no puede ser objeto de medidas de control preventivo sino fundamento de responsabilidad para quien lo haya cometido".
Para Flores Toranzos, la mordaza que puso la jueza Rodríguez a los medios para que no brinden información sobre el imputado Lautaro Teruel y sus familiares miembros del reconocido grupo folclórico Los Nocheros, del cual su propio padre forma parte, "se tradujo en una restricción indebida a la libertad de de prensa y, con ello, los derechos a la información y libertad de expresión y pensamiento de los ciudadanos".
Finalmente, cuestionó los motivos por los cuales la jueza emitió el fallo. En la resolución, la cuestionada magistrada manifiesta que es necesario "limitar la información o en su caso adecuar la misma, surge latente" "ya que por un lado la gravedad de los hechos que están siendo investigados amerita la extremada prudencia en la información por afectación a garantías constitucionales y para llevar adelante una investigación libre y espontánea despojada de cualquier subjetividad que pueda surgir a partir de las apreciaciones públicas."
La fiscal pone en duda este argumento diciendo que no encuentra sustento en las constancias de la causa, "pues la Fiscalía que tiene a su cargo la tarea de investigar los hechos, no ha esgrimido ningún tipo de afectación ni peticionado restricción en tal sentido. Y le remarcó que "el propio ordenamiento jurídico le brinda la herramienta de disponer la reserva total o parcial de las actuaciones", a través del secreto de sumario.