Tareas comunitarias para la policía acusada de adulterar evidencias tras la muerte de Emi y Facu

La mujer es madre del joven que manejaba el vehículo a alta velocidad. La sentenciaron a un año y cuatro meses de prisión condicional.

Culminó el juicio contra dos policías por el mal manejo de la evidencia.
Culminó el juicio contra dos policías por el mal manejo de la evidencia.

La Justicia rosarina condenó a un año y cuatro meses de prisión de cumplimiento condicional a la mujer policía acusada de ocultar prubas en la causa que investigaba la  muerte de Emiliano Cáceres Ferreyra y Facundo Aguirre.

El siniestro fatal se produjo el 22 de febrero de 2014 en el cruce de Pellegrini y Provincias Unidas a las seis. Los jóvenes de 18 años murieron al chocar el vehículo en el que viajaban, conducido por un amigo que se encontraba alcoholizado luego de pedirles que los dejara bajar.

El fiscal Aníbal Vescovo, de la Unidad de Investigación y Juicio, la había acusado formalmente a Sonia Gómez por el delito de abuso de autoridad y a Fabián Fantín por la omisión de actos de oficios y violación de medios de prueba, en carácter de autor y en concurso real entre ellos.

Durante el juicio, la Fiscalía trató de comprobar que la mujer, quien era personal policial y madre del conductor del segundo vehículo involucrado, ostentando el uso de su cargo violó las restricciones que hacen al límite perimetral de no acceder a la zona del siniestro sin la debida autorización y se apoderó de dos botellas de cerveza que se encontraban en el Interior del vehículo y la mochila que era propiedad de uno de los Jóvenes fallecidos.

Por otra parte, a Fantín se lo había investigado por haber violado sus funciones y entregar en en dependencias de la Comisaria 14° materiales de interés para la investigación a Gómez.

​El tribunal a cargo del debate integrado por los jueces de Primera Instancia Patricia Billota, Gustavo Pérez de Urrechu e Ismael Manfrin resolvieron condenar a la mujer a la pena de un año y cuatro meses de prisión de cumplimiento condicional por el delito de violación de medios de prueba en carácter de autor.

Además, deberá fijar residencia y someterse a control de la Dirección de Control y Asistencia Pos Penitenciaria, abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, realizar trabajos comunitarios dos horas semanales en una institución educativa.

En cuento a los delitos debbuso de autoridad y omisión de actos de oficios fue absuelta por el estricto beneficio de la duda y atipicidad, al igual que Fantín.