Se firmó el Decreto 1230 que establece medidas para toda la provincia

Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para Río Gallegos, El Calafate, Caleta Olivia y Puerto Deseado.

El Gobierno Provincial adhirió al DNU N° 814/2020 de Presidencia de la Nación; hasta el 8 de noviembre se establece Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" para Río Gallegos, El Calafate, Caleta Olivia y Puerto Deseado -en razón de la transmisión comunitaria del virus. Pico Truncado con limitaciones especiales; el resto de las localidades en DISPO.

Continúan prohibidas las reuniones en toda la provincia.

Entre los considerandos del nuevo decreto provincial que consta de 52 artículos se establece que el reporte epidemiológico del 23 de octubre elaborado por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia indica que la ciudad de Río Gallegos mantiene la curva epidemiológica de contagios generando tensión permanente del sistema de salud, por lo que se reforzarán las estrategias dirigidas a restringir la movilidad real de la población e incrementar la detección de contactos estrechos para frenar la tasa de contagios.

Además, las localidades de El Calafate, Caleta Olivia continúan con transmisión comunitaria del virus, verificándose en esta última una aceleración en la cantidad de casos detectados, resultando pertinente fortalecer las medidas de prevención impuestas, adoptando criterios tendientes a disponer el aislamiento social a fin de evitar la circulación de personas y restricción de actividades.

También se deja constancia que la ciudad de Puerto Deseado atraviesa un cambio en la situación epidemiológica al haberse declarado la transmisión comunitaria del virus lo cual amerita la implementación de nuevas estrategias dirigidas a restringir la circulación de personas y la modalidad de desarrollo de las actividades para frenar la tasa de contagios y contener el sistema de salud.

En materia económica y producto del impacto que genera la Pandemia, se deja establecida la continuidad de la implementación del Plan Provincial "Santa Cruz Protege" conformado por el Programa de Asistencia al Trabajador y Comercios (ATC) y el otorgamiento de Aportes No Reintegrables (ANR) destinados empleadores de las diferentes ramas o actividades del sector comercial y turístico.

El título 3 refiere a las disposiciones comunes y en su artículo 41 mantiene la prohibición en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz la realización de reuniones sociales en espacios cerrados y/o públicos o de acceso público al aire libre.

En el artículo 48 se establece que "la autorización de toda restricción, medida o decisión que no se encuentre contemplada en los incisos del artículo precedente, deberá ser solicitada por los Centros Operativos de Emergencia Municipales o locales a las autoridades provinciales, a través, de la Jefatura de Gabinete de Ministro, a fin de evaluar su procedencia en conjunto con el Ministerio de Salud y Ambiente y en su caso coordinar la ejecución de las mismas".