Logo Vía País

Ciudad a ciudad, Argentina en red

| sábado, 06 de junio de 2026

InstagramXFacebook
  • Inicio
  • Mundial 2026
  • Córdoba
  • Rosario
  • CABA
    • Vía Carlos Paz
    • Vía Arroyito
    • Vía Tandil
    • Vía Tres Arroyos
    • Vía Punta Alta
    • Vía Jujuy
    • Vía Tucumán
    • Vía Catamarca
    • Vía Posadas
    • Vía Eldorado
    • Vía Iguazú
    • Vía Oberá
    • Vía Santa Fe
    • Vía Rafaela
    • Vía Paraná
    • Vía Concordia
    • Vía Gualeguaychú
    • Vía Mendoza
    • Vía Ushuaia
    • Vía Malvinas
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Economía
    • Información General
    • Entretenimiento
    • Deportes
  • Vía País
  • Vía Urbano
  • Vía Streaming
  • Vía Gourmet
  • Vía Libre
  • Rumbos
  • Estilo
  • Inicio
  • Mundial 2026
  • Córdoba
  • Rosario
  • Centro
    • Vía Carlos Paz
    • Vía Arroyito
    • Vía Tandil
    • Vía Tres Arroyos
    • Vía Punta Alta
  • Norte
    • Vía Jujuy
    • Vía Tucumán
    • Vía Catamarca
  • Litoral
    • Vía Posadas
    • Vía Eldorado
    • Vía Iguazú
    • Vía Oberá
    • Vía Santa Fe
    • Vía Rafaela
    • Vía Paraná
    • Vía Concordia
    • Vía Gualeguaychú
  • Cuyo
    • Vía Mendoza
  • Patagonia
    • Vía Ushuaia
    • Vía Malvinas
  • Secciones
    • Últimas Noticias
    • Política
    • Economía
    • Información General
    • Entretenimiento
    • Deportes
Vía Río Gallegos / Alicia Kirchner

Nuevo revés judicial para Alicia Kirchner y el Frente de Todos

La Cámara Electoral declaró inadmisible el Recurso Extraordinario interpuesto.

Nuevo revés judicial para Alicia Kirchner y el Frente de Todos
autor avatarEduardo MurphySeguinos enGoogle
05 de agosto de 2019, 18:01
Logo Vía País
  • Términos y condiciones
  • Políticas de privacidad
  • Contacto comercial
  • Acerca de
  • Staff
  • Bases y condiciones de sorteos y concursos en viapais.com.ar
  • Comercializadora de Medios del Interior S.A.
  • 30-70746725-4
  • Av. Colonia 170, C1437JND CABA
  • Edición N° 3543
  • Todos los derechos reservados © 2016-2026
Logo grupo clarínLogo CMI medios regionales
  • CLARÍN
  • TN
  • EL TRECE TV
  • MITRE
  • LA 100
  • CIUDAD
  • CIENRADIOS
  • TYC SPORTS
  • LA VOZ DEL INTERIOR
  • RUMBOS
Compartir en Facebook
Compartir en WhatsApp
Compartir en X

Al igual que el formulado por el Gobierno provincial. Ambos buscaban llegar a la Corte Suprema de Justicia para revertir el fallo del Tribunal ordenando que las boletas de las PASO vayan en forma separadas a las Provinciales. Este lunes por la tarde se conoció la decisión de los jueces que integran la Cámara Nacional Electoral sobre las boletas en Santa Cruz.

Declararon inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por Frente de Todos. Buscaban revertir el fallo de la propia Cámara que ordenaba la separación de boletas entre las PASO y las generales de este 11 de agosto.

La primera es para elegir precandidatos a Presidente y Diputados nacionales y la segunda para elegir el futuro gobernador y los legisladores provinciales.

Los jueces también rechazaron la apelación intentada por el Gobierno provincial con la representación de la abogada Graciana Peñafort. Ambos fallos fueron en concordancia con el dictamen fiscal que también consideraba que el Recurso Extraordinario no era admisible.

Imagen de la nota

Argumento

Santiago Corcuera y Alberto Ricardo Dalla Vía señalaron la floja a nula argumentación que fuera esgrimida en ambos recursos, principalmente en el presentado por los apoderados del Frente de Todos, Ramiro Serantes y Sergio Sepúlveda.

Afirman que la apelación presentada, “no sustenta adecuadamente la cuestión federal, en tanto no especifica dónde residiría ésta ni desarrollan la pertinente argumentación”.

Los jueces indicaron que la propia CSJ señala que "debe considerarse inadmisible todo recurso extraordinario interpuesto mediante un escrito del que no resulta clara y precisamente cuál es la cuestión federal cuya decisión se pretende someter a la Corte Suprema".

Imagen de la nota

Improcedente

Por ello considera que “es improcedente el recurso, sino se demuestra claramente qué garantía constitucional resultó afectada por el fallo atacado”.

Y aclaran que los jueces "no están obligados a tratar todos y cada una de las argumentaciones que les son propuestas, sino sólo las que estimen pertinentes para la solución de la controversia" otro argumento más, afirman, para "descartar la existencia de la arbitrariedad alegada".

Imagen de la nota

Finalmente los jueces insisten en apuntar que los recurrentes “no logran aportar nuevos argumentos que pongan en tela de juicio la doctrina que se desprende de los precedentes citados por el Tribunal en la sentencia recurrida” y reiteran que la naturaleza de ambas elecciones son distintas y por lo tanto no se pueden adherir las boletas como si fueran del mismo tenor.

Ahora el Gobierno o los apoderados del Frente de Todos, de querer continuar con la acción, deberían ir en Queja a la Corte, pero a 6 días de las elecciones no habría tiempo material para ello.

Temas Relacionados

  • Alicia Kirchner
  • Elecciones 2019
  • Rio Gallegos
  • Legislación y justicia
Compartir en Facebook
Compartir en WhatsApp
Compartir en X
MÁS VISTO
Los procedimientos en la casa del detenido por el femicidio de Agostina Vega.
vía córdoba

El macabro descubrimiento en la casa de Claudio Barrelier tras los nuevos allanamientos

Novedades en el caso de Agostina Vega.
vía córdoba

Se difundieron detalles más atroces de la autopsia de Agostina Vega

La palabra del remisero sobre la reacción de la mamá de Agostina
vía córdoba

El remisero habló de la reacción de la madre de Agostina cuando le dijo quién la esperaba: "Desesperada"

La hipótesis clave que planteó la mamá de Agostina y que podría cambiar el rumbo de la investigación.
vía córdoba

La hipótesis clave que planteó la mamá de Agostina y que podría cambiar el rumbo de la investigación

Melisa Heredia y Agostina.
vía córdoba

Se viralizó un video de Agostina junto a su mamá y llovieron los comentarios por un polémico detalle