La Legislatura chaqueña sancionó una ley para castigar el acoso callejero

El proyecto surgió por iniciativa de la diputada Claudia Panzardi. Se prevén penas de hasta 30 días de arresto y fuertes multas.

Acoso callejero
Acoso callejero

La Legislatura de Chaco sancionó este miércoles la Ley Nº2927 que modifica el Código de Faltas de la provincia, y que establece sanciones para el acoso callejero.

El proyecto, que surgió por iniciativa de la diputada peronista Claudia Panzardi, fue aprobado con 16 votos afirmativos. El mismo establece sanciones para quienes acosen sexualmente en la vía pública o en lugares privados de acceso público, sin que esto constituya necesariamente un delito.

"Esta ley es una iniciativa de mi autoría que modifica el artículo 62 Inciso A) del Código de Faltas de la Provincia del Chaco Ley 850 -P y prevé sanciones de arresto hasta 30 días o MULTA equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil para quienes con actos o palabras torpes, ofendan la decencia pública", indicó la legisladora.

La ley prevé también, bajo criterio del juez, la concientización y reeducación de aquellas personas que incurran en este tipo de faltas.

"En el caso de acoso sexual en espacios públicos se reconoce la naturaleza estructural y cultural de una práctica que ha sido vivida hasta ahora de manera individual por las mujeres en su tránsito por los espacios públicos, ante el cual se debe garantizar la integridad física y emocional, así como el derecho al libre tránsito, a vivir libre de violencia en estos espacios que son de todas las personas sin discriminación alguna", comentó Panzardi, en declaraciones publicadas por Primera Línea.

"En el marco de los deberes generales de respeto y garantía de los derechos humanos, es necesario que el Estado provincial legisle para la protección, sanción y erradicación de todas las manifestaciones de violencia contra las personas de manera urgente y articulada", completó.