En la mañana de este martes se dio a conocer que la obra social provincial SEROS deberá contemplar una cirugía que solicitó un joven adolescente trans. Así lo dictaminó la Justicia, quien confirmó que la cobertura deberá ser total. El Juez que confirmó que la medida deberá ser así fue Daniel Manse.
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El magistrado confirmó el art. 11 de la Ley de Identidad Género “ha devenido anacrónico con posterioridad a la sanción del Código Civil y Comercial” y sostuvo que dicha norma debe declararse “inconvencional de oficio, lo cual acarrea su inválidez, no pudiendo ser aplicado para el caso concreto, por resultar incompatible con lo establecido en el Pacto San José de Costa Rica
Además, el profesional agregó que el joven adolescente “no requiere autorización judicial para avanzar hacia la concreción de su sentir más íntimo y consideró que su tarea como juez, en este caso puntual, no puede ser otra que declarar la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley N°26.743 y hacer lugar al amparo frente a la denegatoria de la demandada en cubrir la prestación de la cirugía oportunamente solicitada”.
Por último, intimó a que al Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) “a que implemente la capacitación para todo su personal administrativo, profesional y jerárquico” en materia de género, de acuerdo a los lineamientos fijados por la Ley Micaela (Ley 27.499 y su adhesión provincial ley VIII – N°129), como así también en los términos del Plan Nacional de Acción contra las violencias por Motivos de Género.