SADAIC: Alcides Calvo analizó el alcance del nuevo decreto presidencial

El senador por el Departamento Castellanos se reunió con el responsable de la entidad en Santa Fe, con el objetivo de clarificar los alcances y la implicancia de la normativa que modifica aspectos de la ley de Propiedad Intelectual.

SADAIC: Alcides Calvo analizó el alcance del nuevo decreto presidencial
Alcides Calvo con el representante de Responsable de SADAIC Santa Fe, Mariano Cisterna

En las oficinas de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, el Senador Provincial Alcides Calvo, junto a la Ing. Barbara Chivalero, mantuvieron una reunión con el Responsable de SADAIC Santa Fe, Mariano Cisterna, quien tiene a cargo a nivel provincial y en especial al centro - norte de la misma, para analizar en forma concreta los alcances de este nuevo DNU del Gobierno Nacional que modifica aspectos de la Ley de Propiedad Intelectual SADAIC.

Al respecto en términos generales las modificaciones realizadas a la Ley por parte del Gobierno Nacional son dirigidas a un fin específico como la reproducción de música en diferentes espacios cerrados, precisamente Hoteles, residenciales y demás establecimientos privados, entre otros.

La oportunidad también sirvió para que el propio Calvo, pueda dialogar sobre uno de sus Proyectos de Comunicación aprobado en la Cámara de Senadores, en el mes de marzo del corriente año, en el cual se solicita al Ejecutivo Provincial que interceda ante el Gobierno Nacional a fin de proponer modificaciones a la Ley 11.723 y modificaciones de la Ley 17.648 con el fin de reducir el pago de los derechos de autor en eventos públicos organizado por Asociaciones Civiles sin fines de lucro, ya sea vecinales, entidades deportivas, culturales y sociales de distinta naturaleza jurídica.

Por eso Calvo agrega “Necesitábamos clarificar las versiones surgidas en los medios de comunicación ante este DNU del gobierno nacional, que por lo que vemos apunta a resolver una cuestión de alcance al sector hotelero y afines; por eso vamos a seguir insistiendo con que las Asociaciones sin fines de lucro antes mencionadas deberían tributar de manera diferenciada el derecho de SADAIC dado que a las instituciones se les dificulta muchísimo producir sus eventos, los cuales generalmente sirven para solventar su funcionamiento, a partir de esta reunión, hemos podido establecer un diálogo para consultas y presentaciones a los efectos de lograr algún tipo de bonificaciones o contemplaciones en el pago de este gravamen en función de las instituciones, y los espacios dado su organización, capacidad de asistentes, características y costos de las contrataciones musicales”.