Subió el veto a la Tributaria: mientras tanto, rige la polinómica

Hasta que no se defina el valor de la Unidad de Cuenta Municipal, toda la Tributaria es impracticable. Estiman una pérdida de $15 millones.

El Concejo Municipal analizó el Presupuesto en la mañana del viernes (Prensa Concejo Municipal)
El Concejo Municipal analizó el Presupuesto en la mañana del viernes (Prensa Concejo Municipal)

El Departamento Ejecutivo Municipal presentó los vetos a la Tributaria 2020 y a la ordenanza que crea un fondo para entregar a los Bomberos Voluntarios. Ambos son propositivos, es decir, llevarían consigo una propuesta. Pero, mientras tanto, la ciudad no tiene una Tributaria en vigencia. De hecho, todos los vencimientos ya fueron pospuestos. 

La primera de las medidas iría en rechazo de la baja (del 23.4% al 20%) de la Unidad de Cuenta Municipal (UCM) aprobado por el Concejo Municipal. Rige para todos los tributos, principalmente, la tasa. El Ejecutivo tomaría la primera propuesta que había planteado el ex concejal Hugo Menossi: modificar la fórmula polinómica, sacando el índice de inflación mayorista, para incorporar el minorista. En los últimos meses, siempre la primera fue superior a la segunda, lo que implicaría una merma en futuros incrementos.

En la segunda, propondrán que no sea solamente a Bomberos Voluntarios, sino que le 0.5% de lo recaudado en materia de Tasa General de Inmuebles (TGI) y Derecho de Registro e Inspección (DReI) se envíe a una comisión, presidida por la Junta Municipal de Protección Civil y con participación de ediles opositores, para que sean ellos los que definan cómo se reparte el dinero. Y que sea el 3% del TGI.

Lo cierto es que, hasta que no se defina el valor de la Unidad de Cuenta Municipal, toda la Tributaria 2020 es impracticable. Es que todos los valores de los derechos, sisas, tasas, etc. fijadas por la norma, dependen de ese valor.

En el mientras tanto, sigue rigiendo la fórmula polinómica tal cual como vino sucediendo hasta ahora. Es decir, con la inflación mayorista y con la obligatoriedad de aceptarla. Sin intervención del Concejo Municipal, donde la oposición tiene mayoría.

Habrá que esperar a que se defina la semana próxima. En la última sesión del año, en donde también tienen que tratar el Presupuesto 2020.

¿Qué dice el texto?​

El Departamento Ejecutivo Municipal elevó el veto propositivo al artículo 31° de la Ordenanza Tributaria N° 5.147, insistiendo con la redacción de la norma originariamente propuesta al Concejo Municipal y que hace referencia, en primer término a la Unidad de Cuenta Municipal (UCM), la cual fue propuesta por el Ejecutivo a un valor de $2,61, reduciéndola el Concejo a $2,53.

En su proposición el proyecto expresa que "la disminución del valor de la UCM, aun cuando pueda parecer algo menor, representa una desmesurada disminución de la recaudación tributaria del municipio. Dicha disminución determina una pérdida automática de recaudación anual del orden aproximado de los $15.000.000".

"En los tiempos actuales de crisis económica y social, disminuir los recursos que el Estado necesita para hacer frente a las acuciantes necesidades de la población de una manera tan drástica, reviste una enorme gravedad", señala y agrega que "la disminución arbitraria del valor de la UCM afecta seriamente la recaudación del Estado, y las reales posibilidades del mismo de sostener la prestación de servicios públicos esenciales para los habitantes de la ciudad".

Otra modificación relevante introducida por el Concejo Municipal al proyecto elevado por el Ejecutivo, consiste en la supresión de la fórmula polinómica y la disminución de la periodicidad de actualización de la UCM, sobre la cual se insiste nuevamente dada la importancia que dicha fórmula tiene para la actualización objetiva de los tributos municipales, siendo los principales interesados en ello, los ciudadanos obligados al pago.

Por último, el Concejo había eliminado el párrafo correspondiente al "redondeo" de cifras numéricas. En la observación, el Ejecutivo vuelve a insistir en la importancia de este aspecto ante "la carencia de determinadas fracciones monetarias, teniendo en cuenta la depreciación del peso y la virtual desaparición de monedas de ciertas denominaciones, que hacen imposible la devolución de determinados valores inferiores a los establecidos para el redondeo mencionado".