La Municipalidad de Posadas informó las fechas de vencimiento de los derechos e impuestos que se cobran por publicidad y propaganda.
La primera cuota (opción contado) vence el 17 de febrero; la segunda el 15 de mayo; la tercera el 17 de agosto y la cuarta el 16 de noviembre.
Asimismo se estableció una bonificación del 10% por el pago total de contado sobre el tributo anual, el cual podrá realizarse hasta el 17 de febrero.
Por otra parte, la Dirección General de Rentas estableció para el ejercicio 2020 una bonificación especial para los contribuyentes que se encuentren reempadronados –conforme la Resolución General Nº 003/2012 D.G.R.- o efectúen el trámite de inscripción y que posean carteles de publicidad iluminados o luminosos de hasta 20 metros cuadrados por razón social,
El municipio fijó también el coeficiente cero (0) para la publicidad propia frontal simple de hasta cinco (5) metros cuadrados, ubicada en zonas 1, 2 y 3 pertenecientes a contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y para la publicidad móvil hasta un metro cuadrado (mt2).
Finalmente se fijó como fecha para acogerse al beneficio establecido el 31 de agosto del año 2020, debiendo a tal efecto presentar la declaración jurada de la publicidad y sin perjuicio de cumplimentar con el informe técnico.