Cómo quedó la reforma laboral tras el acuerdo entre el Gobierno y la oposición dialoguista

Son 15 puntos que incluyen la eliminación de las multas, el cálculo de las indemnizaciones, el fondo de cese laboral y otros temas.

Reforma laboral
Reforma laboral

Tras las negociaciones que se intensificaron en las últimas horas con diputados dialoguistas, arrancó el debate de la nueva “ley bases” en el plenario de comisiones de Legislación General, Asuntos Constitucionales y Presupuesto de la Cámara baja.

El oficialismo se encamina a firmar dictamen con apoyo del PRO, la UCR, Hacemos Coalición Federal e Innovación Federal, los cuatro bloques con los que se conversó el texto final.

Cómo queda la reforma laboral

En la versión final de la “ley bases”, el Gobierno incluyó en acuerdo con los bloques de la oposición dialoguista un capítulo acotado de reforma laboral. A continuación, los puntos principales:

  • Se eliminan definitivamente las multas por trabajo no registrado con el fin de alentar la contratación en relación de dependencia.
  • El período de prueba tendrá seis meses de vigencia, pero las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar ese período hasta ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores, y hasta un año en las empresas de hasta cinco trabajadores.
  • En los casos de despido sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración del último año. Se excluye el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.
  • Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir este régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable. Los empleadores también podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización.
  • La indemnización se agravará en un 50% si el despido está motivado en un acto discriminatorio y hay sentencia judicial que corrobore el hecho, donde la prueba estará a cargo de quien invoque la causal.
  • El trabajador independiente podrá contar con hasta cinco “colaboradores” para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos ni con las personas contratantes de los servicios u obras.
  • La participación en bloqueos o tomas de establecimientos, ya sean totales o parciales, configurará una “grave injuria laboral” y podrá ser tomada como causal de despido. Además, se establecen penas de entre seis meses y tres años de prisión por impedir, estorbar o entorpecer el acceso a locales o industrias “con el fin de obtener un beneficio o causar un perjuicio”.