Este jueves, Vía País accedió al fallo de la Corte Suprema sobre un pedido posterior al rechazo de un hábeas corpus planteado por la defensa de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa, llevado a cabo en enero de 2020 en Villa Gesell.
“La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo en el marco de un hábeas corpus presentado por la defensa de Máximo Pablo Thomsen, Enzo Tomas Comelli, Ayrton Michael Viollaz, Ciro Pertossi, Lucas Fidel Pertossi, Matías Franco Benicelli, Blas Cinalli y Luciano Pertossi, condenados por el homicidio de Fernando Báez Sosa ocurrido en Villa Gesell, el 19 de enero de 2020″, señala el comunicado.
Cabe mencionar que la defensa de los condenados interpuso la acción de hábeas corpus ante la Sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Invocando a una “supuesta privación ilegal de la libertad de los imputados”, ante la “manifiesta arbitrariedad” en las resoluciones judiciales dictadas por la jurisdicción provincial, en cuanto “dispusieron y confirmaron la prisión preventiva de sus defendidos”.
“El 6 de julio de 2020, la Sala II del Tribunal de Casación Penal declaró inadmisible dicho hábeas corpus. Ello derivó en que la defensa presentara un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. La Corte bonaerense rechazó sin más trámite ese recurso extraordinario local y, contra esa decisión, la defensa presentó un recurso extraordinario federal. Un nuevo rechazo motivó la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, indica el comunicado de la Corte.
“La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, también declaró inadmisible el planteo de la defensa de los rugbiers.