Matías Farías, quien había sido condenado a prisión perpetua por la violación y el crimen de Lucía Pérez, recibió una nueva pena de 17 años de cárcel por abuso sexual con acceso carnal agravado.

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Esta condena se suma a otra previa de 6 años por comercialización de estupefacientes, por lo que deberá cumplir un total de 23 años de prisión.

La semana pasada, el acusado enfrentó un nuevo juicio tras una resolución de la Cámara de Casación Penal, que hizo lugar a un planteo de su defensa. El tribunal consideró que durante la investigación no se logró acreditar su participación determinante en la muerte de la joven de 16 años, por lo que dejó sin efecto la figura de femicidio y dispuso fijar una nueva condena.
El pedido de la familia y la estrategia de la defensa en el caso Lucía Pérez
La familia de Lucía Pérez, representada por el abogado Juan Pablo Gallego, volvió a reclamar que el caso sea considerado como homicidio agravado por violencia de género y pidió que se mantenga la condena a prisión perpetua dictada en el juicio anterior.
Por su parte, Matías Farías fue asistido por la defensa oficial a cargo de María Laura Solari, quien siempre descartó que se haya tratado de un asesinato. En su última intervención ante el tribunal, solicitó que se aplique la pena mínima prevista para este delito, que es de 8 años de prisión.
Durante la audiencia, los jueces escucharon a todas las partes y también al propio acusado, que participó de manera virtual desde la unidad penitenciaria donde permanece detenido. A través de una videollamada, Farías sostuvo que no mató ni abusó de la joven. Finalmente, el tribunal resolvió unificar las condenas por los distintos delitos por los que fue hallado culpable.
El análisis del tribunal sobre la desigualdad de poder en el caso Lucía Pérez
En su voto, la jueza Soulé fundamentó la condena al señalar la desigualdad existente entre el acusado y la víctima. “Se ha configurado la asimetría de la relación de poder que, en definitiva, ha sido el marco del abuso sexual cuya pena aquí se define”, sostuvo. Sus colegas adhirieron a este criterio y destacaron la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la joven al momento del hecho.

En esa misma línea, la magistrada profundizó sobre la falta de consentimiento en el contexto del caso. “Esta especial situación de desigualdad ha sido un presupuesto indispensable de la ausencia de consentimiento de la agresión sexual perpetrada por Farías”, evaluó.

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Para el tribunal, además, el hecho de que el acusado fuera mayor de edad y la víctima menor constituyó un agravante que el condenado conocía.
