Se suman novedades al caso Nahir Galarza, por el asesinato de Fernando Pastorizzo. Este miércoles, el STJ dio a conocer los fundamentos por los que se rechazó la impugnación extraordinaria presentada en su momento por los abogados defensores de la joven de Gualeguaychú.
En la Resolución, emitida por la Sala Penal, se confirmó la sentencia a prisión perpetua impuesta a Nahir. En este sentido, los vocales no hicieron lugar a la impugnación extraordinaria reclamada por el abogado defensor José Ostolaza contra la sentencia dictada el 3 de julio de 2019 por la Cámara de Casación Penal de la ciudad de Concordia, la que en consecuencia, se confirma.
Según informó UNO, los vocales que integran la Sala Penal del STJ, Miguel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, en gran parte del pronunciamiento, tomaron los puntos expresados por el representante de la fiscalía en la audiencia de formulación de los alegatos.
En esa instancia, el fiscal coordinador de Gualeguaychú Lisandro Beherán, solicitó el rechazo del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Galarza. El letrado sostuvo que el pedido se rige en la disconformidad de la defensa con los argumentos de la sentencia.
En el documento de 18 páginas se detalla que se tuvo en cuenta la violencia de género y que se ha detallado con fundamentos a cada uno de agravios. Solo consideró un supuesto agravio que hace alusión a la valoración de la prueba y la ausencia de perspectiva de género con el objetivo de conseguir una tercera instancia de revisión de la condena de Galarza.
En el documento se detallan las pruebas recolectadas durante las audiencias de juicio junto con los testimonios y el alegato de la defensa. A lo que suma que Casación convalidó el pensar del Tribunal de Juicio dando la hipótesis de que la prueba de autopsia psicológica y la red social de la víctima no habían sido tenidas en cuenta. Por lo que remarcaron que no se halló la existencia de desigualdad que diera lugar a violencia de género.
En otra parte del texto menciona que Nahir reconoció su accionar en el asesinato del joven de Gualeguaychú y detalló cómo mató a Fernando, como preparó y manejó el arma ya que reconoció saber usar armas de fuego.
En relación a la violencia de género, los peritos la descartaron y el Tribunal ordenó a la fiscalía que se investigara un falso testimonio ya que sostienen que la victima era el joven y que la defensa busca demonizarlo. Desde el Tribunal de Gualeguaychú sostuvieron que no había relación de desigualdad tanto física como psicológica.
Ante esta presentación señalaron que no hubo una situación de vulnerabilidad de género por lo que Casación concluyó en que no se daba el agravio de vulneración denunciada ante organismo de género y ahora vuelve a ser reeditado ante el Superior Tribunal.